viernes 22, noviembre 2024
viernes 22, noviembre 2024
Comercio y Justicia 85 años

Si se accidentó camino al trabajo, no hay que despedir

ESCUCHAR

En el pleito se demostró que el accionante tuvo predisposición para justificar sus inasistencias y dar datos para demostrar el accidente que padeció cuando se dirigía a sus labores, por lo cual no fueron ajustadas a derecho las causales endilgadas para cesantearlo.

El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Leé también

Más populares

Are you sure want to unlock this post?
Unlock left : 0
Are you sure want to cancel subscription?