La alzada recordó que las presunciones e indicios sobre los ingresos del obligado deben considerarse con un criterio amplio y favorable a las aspiraciones legítimas de la parte
actora. También aclaró que la cuestión de la retroactividad del reclamo es abordada por
el artículo 669 del Código Civil, que zanja los debates doctrinarios y jurisprudenciales.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.