Incluye deudas en gestión administrativa de todos los tributos y tasas, además de multas fiscales. Contempla la posibilidad de débito en cuenta bancaria. Permite cancelar pasivos hasta en 23 cuotas con fuerte quita de intereses resarcitorios. Estará vigente hasta el 30 de noviembre. Paralelamente, prorrogarán el plan para deudas judiciales. Hoy ingresa el Presupuesto, ajustado “por inflación”.
La Municipalidad de Córdoba lanzó un nuevo plan de pagos para cancelar deudas en gestión administrativa, al tiempo que extenderá el régimen vigente destinado a deudas judiciales. Será en un intento por mejorar la recaudación corriente en un escenario de cierre del año con fuertes obligaciones pendientes.
El nuevo plan de facilidades de pago aparece incluido en el decreto 3268, firmado por el intendente Ramón Javier Mestre el 22 de octubre pasado.
Según el texto de los considerandos, el plan apunta a “incentivar y estimular el cumplimiento de los contribuyentes de sus obligaciones tributarias, a través de nuevas modalidades o medios de pago”.
La principal novedad del régimen es la posibilidad de adherir al débito automático en cuenta bancaria, alternativa que será obligación en el caso de grandes contribuyentes de Comercio e Industria.
Por lo demás, el plan es similar a los ya anunciados en otras ocasiones, aunque con más cuotas y fuertes quitas de intereses. Según se estableció, el programa incluye las contribuciones que inciden sobre Inmuebles, Automotores y sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios.
Con todo, también contempla la contribución que incide sobre la Construcción de Obras, Diversiones y Espectáculos Públicos, Identificación y Control del Emplazamiento de Antenas, sobre Anuncios Publicitarios, sobre Mercados, sobre Ocupación de Espacios de Dominio Público, Cementerios y demás derechos tipificados por el municipio.
Facilidades y planes
El plan prevé que, para el pago de contado -cuando se abone la totalidad de la deuda anterior al 30 de septiembre pasado- el interés por mora será de 0,5 por ciento (frente al 3 por ciento habitual).
En tanto, si se cubre la deuda de caja del ejercicio en curso por separado, el interés será de 1,2 por ciento mensual.
Por su parte, si se opta por un plan de pago, la deuda a incluir será hasta el 31 de agosto.
Para el caso de Inmobiliario, Automotor y Comercio e Industria (salvo Grandes contribuyentes), se podrá pagar hasta en 23 cuotas mensuales con un interés de 1,5 por ciento mensual por mora para todos los casos. No obstante, si el contribuyente adhiere al descuento por débito en cuenta bancaria, el interés de financiación estará exento para el caso de hasta cinco cuotas; será de 1 por ciento para planes de entre 5 y 11 cuotas; de 2 por ciento mensual hasta 17 cuotas y de 2,5 por ciento mensual para planes de hasta 23 cuotas.
En tanto, para el caso de Grandes contribuyentes o bien contribuyentes de interés fiscal, el plan exigirá un anticipo mínimo de entre 20 y 25 por ciento, según se elija hasta 5 o hasta 11 cuotas. En todos los casos se exigirá CBU para débito por cuenta y los intereses resarcitorios serán de 1,5 por ciento mensual y de 1 ó 2 por ciento por financiación, según se elija el plan corto o el de más cuotas. Por lo demás, para el resto de las contribuciones y derechos los planes serán de hasta 11 cuotas con diferentes modalidades.
Finalmente, también se podrá acceder a la condonación de importes sustitutivos de multas y sanciones de multas no firmes en sede administrativa, una vez cumplido el deber que le dio origen. En este caso, la condonación llegará hasta 100 por ciento de las multas, según el caso.