El fallo concluyó que la codemandada, en su calidad de directiva y accionista, no podía aducir desconocimiento respecto de la irregularidad en la registración que planteó la exempleada accionante.
El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
O podés enviar una solicitud de suscripción desde aquí.