Lo dijo Martín Passini, de Apadim Córdoba, al señalar que lo planteado por la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad implica modificaciones en distintos ámbitos de lo social del Estado, las cuales problematizan y ponen en tensión las prácticas y las representaciones vigentes.
La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad implica modificaciones en distintos ámbitos de lo social y del Estado, las cuales problematizan y ponen en tensión las prácticas y las representaciones vigentes.
Martín Passini es licenciado en Comunicación Social y trabaja en el área de comunicación de Apadim Córdoba. Además, es miembro coordinador de la Mesa de Trabajo sobre Discapacidad y Derechos Humanos. Actualmente, dicta en la entidad un curso sobre Derechos Humanos en Discapacidad.
En conversación con Comercio y Justicia, el especialista reflexionó sobre las modificaciones en distintos ámbitos –incluso en salud mental- que conlleva el cambio de paradigma en el abordaje de la discapacidad.
-¿Qué implica abordar desde una perspectiva de derechos humanos la discapacidad?
-Esta perspectiva implica pensar a la persona con discapacidad como un sujeto de derecho. No como un objeto ni como un ser inacabado sino como un individuo con derechos y responsabilidades. También significa que es necesario construir una sociedad que permita el pleno desarrollo y ejercicio de los derechos. En este sentido, conlleva muchas transformaciones. Por ejemplo, en el ámbito jurídico implica el reconocimiento de las capacidades jurídicas y eso tiene que ver con el cambio de la figura actual que todavía está vigente en el Código Civil y que impone a las personas con discapacidad intelectual o psicosocial la figura de un “curador” por medio de un juicio de insanía. Esto significa la sustitución de todos los derechos. Es, en definitiva, la muerte civil de las personas. Respecto de este tema y, a partir de la convención que regula cómo debemos trabajar en el ámbito de la discapacidad, la figura de “curatela” entra en tensión con un paradigma distinto. La convención declara que todas las personas tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones y, en todo caso, lo que debe hacerse es generar los apoyos necesarios y adecuados para que cada individuo pueda desarrollarse. Es decir, se promueve el ejercicio de derecho real de la personas con discapacidad.
-En Apadim, ¿cuál es la evaluación de la aplicación de esta nueva perspectiva en la ciudad y en la provincia?
-Si bien el denominado “modelo social” de abordaje de la discapacidad y la convención tienen ya algunos años, tenemos que decir que todavía como herramienta y como marco conceptual esta perspectiva es relativamente nueva y, en muchos casos, ni siquiera las organizaciones que están dedicadas a la temática han debatido lo suficiente. Las transformaciones necesarias que este nuevo paradigma implica llevarán muchos años. Y esto tiene que ver con el trabajo que es preciso hacer en los marcos jurídicos, en los sistemas de administración que hoy existen y en los sistemas prestacionales de servicios. Además, es necesario señalar que las representaciones sociales y los discursos que están en relación con las personas con discapacidad también hacen referencia todavía a un modelo médico normalizador que ve el problema como algo de la persona discapacitada -es decir, como un problema biológico- y no como un fenómeno que nos implica a todos como sociedad. Entonces, creemos que actualmente estamos en un momento de cambio de paradigma a nivel histórico pero todavía nos hallamos en procesos de tensión entre lo que existe y lo nuevo que estamos proponiendo.
-¿Cuáles son los tres principales desafíos, a escala local, en la incorporación de este paradigma?
-Por un lado, está la discusión y la toma de conciencia de lo que implica la convención y el “modelo social” del que hablábamos. Eso es como una primera instancia, para que luego los conceptos atraviesen las prácticas de las organizaciones que están dedicadas a la temática y que tienen el objetivo de la inclusión. Pienso que también es clave avanzar en la cuestión de las capacidades jurídicas de las personas con discapacidad. Y una tercera cuestión es la transformación del Estado en torno a este paradigma, para que se trabaje articuladamente en la educación y la salud de las personas con discapacidad, con el objetivo de poner en marcha este nuevo paradigma social y el nuevo enfoque de derechos y de nuevas formas de concebir la salud mental.
-¿Cómo se puede abordar hoy la salud mental de las personas con discapacidad?
-A partir de la promulgación de la convención, hay toda una trasformación en cuanto a la mirada que se tiene de la discapacidad como un fenómeno social. Ya no se trata tanto de focalizar en la problemática médica, que es necesario corregir o curar, sino que se intenta que las personas con discapacidad puedan -desde su lugar- integrar una sociedad. Este modelo social de la discapacidad atraviesa tanto los conceptos que tienen que ver con la accesibilidad, con la concepción de persona en términos jurídicos, en términos educativos y de servicios. En el campo de la salud mental también, a partir de la convención, devino entonces todo un cambio de paradigma que tiene que ver con la desinstitucionalización de las personas con discapacidad, las cuales ya deben pensarse por fuera de la solución que brinda el sistema manicomial, y a partir de una vida independiente, autónoma y en comunidad que posibilite el desarrollo de los seres humanos, con base en la perspectiva de derecho.