La Superintendencia de Riesgos del Trabajo creó el Registro Nacional de Accidentes Laborales, que recibirá denuncias de trabajadores. El seguimiento de contingencias y enfermedades servirá para programar acciones preventivas y de control.
La Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) creó el Registro Nacional de Accidentes Laborales (Renal), al que las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART) y los empleadores autoasegurados estarán obligados a partir del 1 de enero de 2015 a denunciar los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en sus establecimientos.
Así lo establece la resolución 3326/26 de la SRT, que contiene precisiones sobre el procedimiento para denuncias, al igual que se detallan los pasos a cumplir por el procedimiento para la solicitud de baja de accidentes de trabajo denunciados al Renal, que se publicó ayer en el Boletín Oficial.
La información requerida en la denuncia de accidentes de trabajo es un elemento sustantivo para programar las acciones preventivas y de control que la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT) le asigna a la SRT.
Órgano de administración
La norma establece además que la Gerencia de Planificación, Información Estratégica y Calidad de Gestión de la SRT será la responsable de administrar el Renal.
Asimismo, se faculta a la mencionada gerencia para requerir datos e introducir cambios en el formato, medio y plazos de envío, como también a modificar los procedimientos contenidos en la resolución difundida ayer.