Al valorar que la asamblea societaria, impugnada en juicio los accionistas que no habían sido regularmente convocados al acto cuestionado, fue modificada cuando la sociedad anónima (SA) tuvo conocimiento del pleito, el Juzgado de 33ª Nominación Civil y Comercial de Córdoba ordenó que las costas del proceso sean impuestas a la SA, por cuanto la demanda entablada fue determinante para que se tome la decisión de regularizar las deficiencias del acta impugnada.
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FALLO GENTILEZA: ESTUDIO MAYO