Relevamiento sobre el uso de las Tecnologías de la Comunicación por los privados de la libertad. La Procuración Penitenciaria de la Nación concluyó que las políticas digitales deben incluir a los detenidos.
La Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) presentó el primer Relevamiento sobre Uso y Acceso a Tecnologías de la Comunicación y la Información (TIC) en lugares de detención.
Se trata de un estudio que confirmó que en los espacios de encierro “la administración penitenciaria prohíbe o limita fuertemente prácticas de vinculación social y acceso a la información”.
La muestra abarcó a unas 328 personas sobre un total aproximado de 6.400, detenidas en la región del Área Metropolitana de Buenos Aires.
De allí surge que 90 por ciento de las personas encuestadas contaba con acceso a telefonía celular antes del encierro y 81 por ciento lo usaba a diario. Accedía a una PC con conexión a Internet 65 por ciento; 49 por ciento empleaba correo electrónico y 45 por ciento, redes sociales.
Al ser consultados, los encuestados, por los beneficios que, desde su propia perspectiva, importaría el acceso a las nuevas TIC, hicieron hincapié en que facilitaría la comunicación con familiares cuya concurrencia a los lugares de encierro se ve dificultada, haría posible informarse sobre “lo que pasa afuera” y favorecería el acceso a ciertos bienes culturales y recreativos. Además, mencionaron la posibilidad de establecer un canal de contacto que habilitaría el intercambio de mensajes en tiempo diferido con sus allegados, para no tener que buscar siempre una coincidencia horaria, y el contacto visual mediante fotos, videos o trasmisión directa.
“La PC es la única TIC que las personas detenidas tienen permitido usar, pero su utilización resulta extremadamente reducida y limitada”, advirtió el organismo.
“El encierro supone, de tal modo, no sólo la privación de la libertad sino el cercenamiento de comunicaciones y bienes culturales a los que las personas detenidas accedían antes de la detención”, agrega el informe.
En julio de 2013, la PPN reclamó judicialmente el acceso a TIC para grupos específicos. Por ejemplo, un grupo de estudiantes universitarios alojados en el Complejo Penitenciario Federal II (CPF II) de Marcos Paz logró la entrega por el Ministerio de Educación de la Nación de dos netbooks para el Centro Universitario de Marcos Paz (CUM). Sin embargo, las autoridades del CPF II entregaron las computadoras sin las placas de conexión wi-fi, e imposibilitaron el acceso a Internet. La PPN presentó un habeas corpus en el que puso de manifiesto la necesidad e importancia de que los alumnos universitarios tengan acceso a Internet en el marco del cursado de sus estudios, siendo ésta una herramienta de suma utilidad.
Políticas de Estado
Para la PPN, sería importante que las políticas de acceso digital estén adecuadamente planificadas de modo de abarcar también la población privada de libertad. “Experiencias como Conectar Igualdad o el Plan Sarmiento pueden tener un positivo impacto para el común de los sectores postergados, pero no alcanzan los contextos de encierro”, explicaron.
Y agregaron: “Las personas privadas de libertad deben acceder a las TIC como corolario necesario del principio de igualdad en el acceso a derechos. El problema del analfabetismo digital, la dificultad en las comunicaciones y las trabas al acceso a la información son una deuda pendiente que profundiza el encierro en el encierro y priva a las personas detenidas de mucho más que su libertad ambulatoria”, concluye la Procuraduría.
Una excepción
El relevamiento destaca una reciente experiencia de la Unidad Nº 35 de Colonia General Pinto, Santiago del Estero, donde, a partir de la detección de tenencias por parte de las personas detenidas, las autoridades penitenciarias autorizaron el empleo de teléfonos celulares, que fueron distribuidos en los distintos pabellones y programados para monitorear las llamadas, en un intento por conciliar la realidad, las posibilidades técnicas y el derecho a la comunicación.