El contribuyente, empresario o comerciante, frente a una inspección de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), entra en duda en cuanto a la manera de actuar, qué mostrar, qué decir o no. Por ello, según los tributaristas, es bueno que cuenten con el servicio no sólo de contadores, sino también de abogados especializados en la materia.
“Un contribuyente bien asesorado no debe llegar nunca a un juicio. Si se cuenta con profesionales bien formados, el contribuyente debe descansar en ellos”, aseguró a Comercio y Justicia la abogada especializada en derecho tributario María Silvina Vezzoni de Sequeira.
– ¿Cómo está el contribuyente hoy frente a la AFIP?
– El contribuyente hoy llama a su contador o abogado y dice: “es que la AFIP nos va a volver locos con tantos cambios”. Inmediatamente pide el asesoramiento y más aún cuando se trata de una inspección. En este caso, el rol del abogado en una inspección es, básicamente, la de controlar el cumplimiento de las normas jurídicas que rodean el proceso de verificación, en especial para que la acción se desarrolle en un marco respetuoso de los principios de derechos y garantías del contribuyente, mucho más aún después de la reforma constitucional de 1994, cuando se introducen los tratados internacionales.
– ¿Se da ese respeto?
– Es importante lo del respeto porque la AFIP o el Estado tiene que mantener con el contribuyente una situación de igualdad y no de poder sobre el contribuyente. Cuando la AFIP asume este rol de poder es cuando los límites de su accionar se exceden. Por ejemplo, si un contribuyente está sometido a una inspección, se debe poner en contacto inmediatamente con su contador o abogado, o con ambos, para que lo asistan. No debe quedarse solo. Generalmente los inspectores llegan y piden que les muestren todo tipo de papeles, le hacen preguntas, que cuente, pues -le dicen- con esto todo se hace más facil. Entonces, la gente, en la desesperación, puede decir cosas que pueden terminar perjudicándola.
– ¿Cómo actuar en ese caso?
– El contribuyente debe tener en claro que tiene derechos, como el de no decir nada y esperar la llegada de su contador o abogado, y ahí iniciar la inspección. Puede negarse a hablar, a dar un papel, pedirle al inspector que vuelva mañana para estar con los asesores. Esto lo puede hacer, pues cuando la AFIP entra a la sede de un contribuyente, ingresa a un ámbito privado de las personas y esto tiene, constitucionalmente, amparos. Por lo tanto, puede negarse a atenderlo sin que eso implique que no está queriendo ayudar o informar. De ninguna manera. No implica una sanción. Son los resguardos de sus derechos. Esto no es incitar a una rebelión tributaria, a una política deliberada de obstrucción del accionar de un organismo estatal; lo que se trata de hacer es persuadir de lo que es justo.
– El abogado ¿asesora en esto de persuadir?
– La tarea de los profesionales, en definitiva, es de persuadir al contribuyente-cliente de que pague los impuestos y que tenga en regla todos los papeles. El contribuyente sabe que esto se debe hacer, lo que no se debe permitir es que la AFIP avasalle al contribuyente en pos de la recaudación. Es el límite que tiene el contribuyente amparado por todos sus derechos. Por eso el abogado cobra un rol importante, porque si la AFIP se pasa de estos límites el contribuyente puede acudir a la justicia a pedir una acción de amparo. Y eso no se puede hacer sólo de la mano del contador. Por eso debe tener el asesoramiento de un abogado.