miércoles 25, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Democratización del SPF: 10 ejes para un debate público (parte I)

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En el marco de la promoción de una nueva Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Federal (SPF) como una de las metas de gestión para el año 2014 anunciadas por la Jefatura de Gabinete y en el Congreso Federal sobre reformas legislativas organizado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos meses atrás, Raúl Salinas, del área de Cárceles, del Instituto en Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip), propone 10 ejes para el debate público de un programa “real” de democratización del SPF.

Por Raúl Salinas * – Exclusivo para Comercio y Justicia

Esta propuesta se enmarca en la necesidad de reformar los usos del sistema carcelario y, en particular, del SPF, que el Inecip sostiene públicamente desde hace varios años.

Los ejes son:
1) Integración de un sistema de ejecución penal.
La cárcel es una institución pública que debe ajustarse a los valores democráticos. Por eso, es central asumir el gobierno civil de las instituciones de seguridad y limitar los amplios márgenes de autonomía y delegación. Ello implica la dirección por parte de las autoridades políticas, la asunción de la gestión presupuestaria y la integración de los diferentes actores públicos con competencia en la materia.

En este marco, se debe propender a la interagencialidad dando intervención a los distintos poderes de gobierno y a las reparticiones del Poder Ejecutivo Nacional y local (ministerios, consejos, provincias, municipios). Al mismo tiempo, debe optimizarse la articulación entre el sistema de privación de libertad de niños y niñas, las políticas de desarrollo social, las de atención de salud y, en particular, las referidas a adicciones, juventud, trabajo y prevención del delito, entre otras. La cárcel debe dejar su aislamiento y opacidad. Criterios tales como la intersectorialidad, evaluación y planificación constantes deben ser incorporados.

2) Redefinición de la naturaleza del SPF.
El SPF debe abandonar el perfil de fuerza de seguridad orientada a producir orden y seguridad al interior de las cárceles, enmarcado en una suerte de “guerra contra los delincuentes”. Su modelo organizativo responde a la ley del año 1973, producto del gobierno autoritario del general Alejandro Agustín Lanusse y cristaliza un esquema militarizado, violento y patriarcal orientado a la represión e ideado al calor del espíritu de esa época. Es necesario que adopte un diseño moderno de servicio público civil con función social.

3) Profesionalización y separación de funciones.
Para materializar los mandatos constitucionales debe especializarse, profesionalizarse y tecnificarse, separando las funciones de seguridad de aquellas vinculadas con las áreas de administración, gestión, salud, trabajo, educación, tratamientos destinados a la reintegración social, control de medidas y asistencia pospenitenciaria. La experiencia enseña que la concentración de dichas funciones produce cierto orden de baja calidad (muertes, lesiones, suicidios, abusos, fugas, autoritarismo) y termina subordinando, cuando no anulando, todo lo referido a las demás áreas.

4) Nuevos principios de actuación.
Otro de los cambios necesarios está dado por el marco normativo que debe orientar la actuación de los y las agentes. Los Derechos Humanos deben constituir la referencia obligada, asegurar un trato digno, atención y adecuadas condiciones de encierro a cada persona privada de la libertad, asistirla en el ejercicio de sus derechos e implementar acciones tendientes a reducir el impacto negativo que genera el encierro, reducir la vulnerabilildad, fomentar la construcción de ciudadanía incluyente y democrática y posibilitar el desarrollo individual. En función de ello y con el norte puesto en el momento del egreso, se debe garantizar la seguridad. En particular, deben fijarse los criterios para el uso de la fuerza de conformidad con los estándares internacionales y desarrollarse una política pública activa de prevención de la tortura. Ello implica un nuevo perfil de agente con formación en universidades nacionales, no castrense y capacitación específica permanente que habilite su actualización. Los criterios de reclutamiento deben responder a las pautas propias de la administración pública e, incluso, habilitar la sindicalización de los trabajadores penitenciarios, excluyendo la posibilidad de efectuar medidas de fuerza.

5) Desmilitarización de la organización.
A partir de su nueva naturaleza, finalidad y marco de actuación, el SPF debe abandonar la organización refleja del ejército, nacida al abrigo del enfrentamiento bipolar del siglo pasado que perseguía combatir al enemigo interno mediante la fuerza, la disciplina y la obediencia acrítica. Su diseño debe ser flexible, dinámico, con mayor horizontalidad, representatividad de grupos y colectivos y adaptado a sus misiones sociales, dimensionando adecuadamente las funciones administrativas e instrumentales de aquellas sustanciales.

* Área de cárceles de Inecip .

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