Estas medidas generan incertidumbre y desalientan la actividad económica, especialmente para las pequeñas y medianas empresas, que son las más vulnerables a este tipo de sanciones. Además, envían un mensaje contradictorio: mientras se intenta atraer inversiones y fomentar la formalización de la economía, se aplican sanciones que complican la operativa de quienes están en regla o cometieron errores subsanables
Recientemente se informó sobre la posibilidad de que los bancos restrinjan el uso de tarjetas a aquellos contribuyentes catalogados como “no confiables” por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitió la comunicación “A 8144” que dispone que las personas y los comercios que se encuentren incluidos en la “Base de Contribuyentes no Confiables” de la ARCA verán restringidos el uso de sus tarjetas de crédito y de débito.
Sobre el tema, Factor dialogó con el tributarista Marcos Sequeira quien señaló: “Se trata de una cuestión sumamente compleja. Aunque la medida tiene fundamentos legales, su implementación puede acarrear consecuencias económicas y sociales significativas. La clasificación de ‘contribuyentes no confiables’, establecida por la resolución general (RG) 3832/16 de la AFIP, ya imponía restricciones, como la emisión limitada de comprobantes fiscales. La adición de restricciones bancarias amplifica el impacto, afectando la operatividad financiera tanto de empresas como de individuos. Desde mi punto de vista, estamos ante una ‘comunicación’ que afecta derechos y garantías constitucionales y que, por ende, no supera el mínimo test de constitucionalidad”.
¿Qué consecuencias específicas podrían enfrentar los contribuyentes en esta situación?
Las principales consecuencias incluyen el bloqueo de medios de pago habituales, como tarjetas de débito y crédito, así como posibles restricciones en el acceso a financiamiento. Esto puede paralizar la actividad comercial, especialmente para pequeñas y medianas empresas que dependen de estos instrumentos para sus operaciones diarias. Además, afecta a individuos en su vida cotidiana, limitando su capacidad para realizar transacciones básicas.
¿Considera que estas medidas son justas o proporcionadas?
No necesariamente. La justicia de estas medidas depende de la precisión en la clasificación de los contribuyentes como “no confiables”. Si esta categorización se basa en presunciones administrativas sin una adecuada instancia de defensa, puede resultar desproporcionada. Es esencial que se garantice el debido proceso y se eviten sanciones basadas en errores o malentendidos en las declaraciones fiscales.
¿Podría profundizar en cómo funciona la categorización de “no confiable”?
Según la RG 3832/16, el Fisco nacional evalúa diversos parámetros para determinar la confiabilidad de un contribuyente, incluyendo inconsistencias en declaraciones juradas, vinculaciones con operaciones apócrifas y discrepancias entre la actividad económica declarada y la detectada. Si se identifican estas señales, el contribuyente puede ser incluido en la categoría de “no confiable”, lo que limita su capacidad para operar con comprobantes fiscales regulares y, potencialmente, restringe su acceso a servicios bancarios.
¿Qué papel juegan los bancos en esta situación?
Los bancos están obligados a cumplir con las normativas vigentes y a colaborar con las autoridades fiscales. Sin embargo, al implementar estas restricciones, actúan casi como una extensión de las autoridades fiscales, lo que puede ser cuestionable desde el punto de vista del debido proceso. Además, esto puede deteriorar la relación entre los bancos y sus clientes, quienes pueden sentirse injustamente penalizados.
¿Cuáles herramientas legales tienen los contribuyentes para defenderse en este escenario?
Los contribuyentes pueden apelar la categorización de “no confiable” por medio de los mecanismos administrativos previstos por el Fisco nacional, presentando pruebas que demuestren la regularidad de su situación fiscal. Si las restricciones bancarias se implementan de manera desproporcionada, también pueden recurrir a la justicia para obtener una resolución que les permita continuar operando mientras se resuelve el conflicto subyacente. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ya se ha pronunciado a favor de la inconstitucionalidad de esta clase de mecanismos y es de prever que lo mismo suceda con esta comunicación del BCRA.
En términos más amplios, ¿cómo afectan estas medidas al clima de negocios en el país?
Negativamente. Estas medidas generan incertidumbre y desalientan la actividad económica, especialmente para las pequeñas y medianas empresas, que son las más vulnerables a este tipo de sanciones. Además, envían un mensaje contradictorio: mientras se intenta atraer inversiones y fomentar la formalización de la economía, se aplican sanciones que complican la operativa de quienes están en regla o han cometido errores subsanables.
¿Cómo se compara esta situación con políticas similares en otros países?
En muchos países existen mecanismos para monitorear la confiabilidad fiscal de los contribuyentes, pero rara vez se llega a medidas tan drásticas como bloquear el acceso a servicios bancarios. Generalmente, se busca incentivar el cumplimiento por medio de beneficios fiscales, planes de regularización o programas de capacitación, en lugar de aplicar sanciones que puedan ser contraproducentes. Argentina tiende a adoptar un enfoque más punitivo en este sentido.
¿Cuál sería una solución más equilibrada?
Primero, mejorar los procesos de evaluación para evitar errores en la clasificación. Segundo, garantizar un debido proceso ágil y accesible para los contribuyentes. Y tercero, priorizar medidas educativas o correctivas antes que sanciones extremas. Por ejemplo, se podrían implementar programas de auditoría preventiva, en los que los contribuyentes tengan la oportunidad de corregir sus errores sin ser penalizados de inmediato.
Mencionó que estas medidas pueden afectar tanto a empresas como a individuos. ¿Cuál es el impacto en las personas físicas?
Para las personas físicas, el impacto puede ser devastador. Si no pueden usar sus tarjetas o acceder a financiamiento, su capacidad de manejar gastos cotidianos, pagar servicios o incluso realizar compras básicas se ve severamente restringida. Además, esto puede afectar su historial crediticio, complicando aún más su situación.
¿Cómo afectan estas medidas la confianza en las instituciones públicas?
Erosiona la confianza de los contribuyentes en las instituciones fiscales y bancarias. Medidas percibidas como injustas o desproporcionadas pueden llevar a más evasión fiscal, informalidad y desconfianza generalizada, lo que es contraproducente para el objetivo de fomentar el cumplimiento tributario.
En su experiencia, ¿este tipo de medidas ha demostrado ser efectivo para combatir la evasión fiscal?
No siempre. Aunque pueden tener un efecto disuasorio en algunos casos, también pueden generar efectos colaterales negativos, como empujar a ciertos contribuyentes a la economía informal o dificultar su recuperación financiera. Combatir la evasión fiscal requiere un enfoque más integral, que combine sanciones con incentivos y educación.
Derechos
Con respecto a los afectados, Sequeira expresó: “Les aconsejaría que ejerzan sus derechos y busquen asesoramiento profesional para resolver su situación fiscal. Es fundamental que documenten todo lo posible y mantengan una comunicación abierta con las autoridades. Por último, les recomendaría que no duden en recurrir a la Justicia para hacer valer sus derechos. Como ya le expresé, nuestro Máximo Intérprete de la Constitución Nacional ya se ha pronunciado en contra de esta clase de mecanismos”, concluyó el profesional.