viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

A partir de este lunes se libera el arribo de turistas del extranjero a la Argentina

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Cumpliendo con lo establecido en la decisión administrativa 951 /21 publicada en el Boletín Oficial, desde este lunes 1 de noviembre podrán ingresar al país pasajeros de cualquier parte del mundo. De esta manera, los turistas y/o residentes que cuenten con el esquema completo de vacunación completo por lo menos 14 días antes de su ingreso al país, y cumplan las exigencias referidas, estarán exceptuados del testeo de antígeno y del aislamiento.

Asimismo, quienes ingresen al país deberán presentar una declaración jurada electrónica 48 horas antes, incorporando un test de PCR negativo en origen con toma de muestra hasta 72 horas previas, o un certificado médico de alta si hubieren contraído el virus SARS-CoV-2 en los últimos 90 días. Luego, se solicitará un análisis de PCR entre el quinto y séptimo día desde su llegada.

Por otra parte, quienes no cuenten con el esquema completo de vacunación, al arribar al país deberán realizarse un test de antígenos y luego un test de PCR negativo para dar por finalizado el aislamiento obligatorio de siete días. Además, para los turistas menores de 18 años sin esquema completo el Ministerio de Salud ofrecerá dosis en los puntos de fronteras.

Por otro lado, los turistas o extranjeros no residentes deberán contar con un seguro con cobertura COVID-19, mientras que los menores de seis años que ingresen al país acompañados de adultos estarán exceptuados de realizar los testeos de antígenos y PCR, pero deberán cumplir obligatoriamente con la cuarentena de siete días.

Respecto de las nuevas reglamentaciones, personal del Ministerio de Transporte será la encargada de verificar la información que acredite los esquemas de vacunación, y la Policía de Seguridad Aeroportuaria asistirá dichos controles.

En el caso de quienes obtengan resultados positivos de COVID-19, la norma indica que deberán permanecer aislados por diez días en los dispositivos dispuestos por el Estado nacional en casos de ingreso por el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, Aeroparque o San Fernando; y en los demás casos en los dispositivos definidos por las provincias según sus protocolos.

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