El Gobierno nacional estableció un nuevo cronograma de implementación del régimen de factura de crédito para las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), que será progresivo de acuerdo con el monto de facturación de cada actividad productora de bienes y servicios. Lo hizo mediante la resolución 17/2019 del Ministerio de Producción, publicada en el Boletín Oficial.
La ley 27440 estableció un mecanismo que busca mejorar las condiciones de financiación de las mipymes y les permita aumentar su productividad mediante el cobro anticipado de los créditos y de los documentos por cobrar que puedan disponer en contra de sus clientes y/o deudores, con los que hubieran celebrado una venta de bienes o la prestación de servicios a plazo.
A su vez, esta ley determinó que en todas las operaciones comerciales en las que una micro, pequeña o mediana empresa esté obligada a emitir comprobantes electrónicos originales (factura o recibo) a una empresa grande, se deberá emitir factura de crédito electrónica mipymes.
La nueva resolución destacó que a efectos de garantizar que la implementación del régimen no afecte en modo alguno el normal desarrollo comercial de las empresas ni la cadena de pagos a sus proveedores, y teniendo en cuenta la necesidad de la readecuación de sistemas informáticos de las empresas que permitan su interacción con los sistemas de facturación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), resulta pertinente incorporar progresivamente el volumen de facturas a procesar por las empresas grandes.
“La factura de crédito es parte del la Ley de Financiamiento Productivo, que entró en vigencia en marzo de este año”, indicó el secretario de Simplificación Productiva, Pedro Inchauspe, quien destacó que “éste es un instrumento que se intentó aplicar dos veces en la Argentina y fracasó”.
Inchauspe indicó que “ahora, con esta nueva resolución, se marca un cronograma de implementación por monto por actividad para una implementación gradual de la factura”.
El secretario explicó que la decisión se tomó porque “las empresas necesitan hacer un desarrollo de sistemas para implementarlos”, y añadió que “muchas pidieron prórroga porque no llegaban a tiempo”. El nuevo cronograma, subrayó, “les da el tiempo a las empresas grandes y también a las pymes para poder hacer las adaptaciones que tienen que hacer”.
A principios de mayo se dispuso que el régimen de factura electrónica mipymes resultaría aplicable respecto de cada uno de los comprobantes que se emitan por un monto total igual o superior a $6 millones. Con el nuevo cronograma la obligatoriedad se inició el primero de este mes para determinadas actividades, en facturas por ese monto, y en forma escalonada se incorpora luego al resto de la producción de bienes y servicios, por montos de $2 millones, $1 millón y $100.000, concluyendo el 1 de diciembre próximo.