lunes 4, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Violencia digital y el impacto negativo en la salud mental de las mujeres

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COLUMNA DE AMJA 

Por Claudia Zalazar *
Exclusivo para Comercio y Justicia

Existe una tendencia mundial de incrementos de casos relacionados con la violencia que sucede en los entornos digitales. La pandemia y la hiperconectividad obligada por las medidas restrictivas y las formas de contener los contagios han sido elementos que han propiciado que las víctimas de este tipo de violencia incrementen.

Pensemos que la violencia de género digital es toda forma de discriminación, acoso, explotación, abuso y agresión que se produce a través del uso de redes sociales, correos electrónicos, teléfonos celulares y cualquier otro medio o canal de los que comprenden las tecnologías de la información y comunicación 

Con relación a la salud,  las víctimas de estas violencias pueden presentar trastornos de salud mental como depresión y ansiedad, los que pueden terminar incidiendo en su salud en general. 

En ese mismo orden su desarrollo intelectual puede verse disminuido,  tienen dificultades para socializar, empiezan a surgir ideas suicidas, cambia y se dificulta la comunicación familiar, se aíslan (abandonan las redes) y presentan constante sensación de miedo, soledad e incluso pueden desarrollar paranoia.  A esto se suma la autoinculpación,  el posible desarrollo de adicciones y la angustia general que provoca que no sean tomadas en cuenta las denuncias de las víctimas (es por eso que un 65% no las realiza).

Uno de los efectos a largo plazo es el Trastorno por estrés postraumático (TEPT), ya sea por las dolencias físicas o mentales, el que puede ocasionar severo trastornos en su salud en general y en la salud mental en forma particular.

Algunos estudios señalan entre los daños identificados por las víctimas: estado permanente de alerta (estrés o ansiedad); agotamiento,  frustración o impotencia ante el constante flujo de ataques,  agotamiento sobre lidiar con la violencia, indiferencia, resignación; sensación de inseguridad en espacios virtuales inclusos similares al acoso callejero. 

Pensemos además que en la mayoría de los casos las amenazas virtuales buscan ante todo amedrentar a quienes reciben los mensajes y que se sientan vigiladas, lo que provoca  una inestabilidad emocional: tristeza, depresión, ansiedad, pensamientos auto-destructivos (sobre todo en la pornografía no consentida).

Cada vez es más frecuente conocer casos de mujeres que sufren hostigamiento virtual. Una de las prácticas más comunes es la difusión no consentida de imágenes íntimas, sumado a agresiones verbales, extorsión, amenazas, chantaje y discriminación. 

Uno de los ejemplos más extremos de violencia digital es el sufrido por Belén San Román, una mujer policía del Comando de Patrullas Rurales de Bragado, provincia de Buenos Aires, que el 30 de noviembre de 2020 se suicidó con su arma reglamentaria porque su ex novio, Tobías Villarruel, había viralizado un video y fotos íntimas suyas para extorsionarla, hostigarla, amenazarla. Es por ello que uno de los proyectos de leyes relacionadas con este tema que se encuentra en la legislatura nacional se denomina “Ley Belén”.

El informe global “Violencia en línea contra las mujeres periodistas: Instantánea mundial de la incidencia y las repercusiones”, realizado por la Unesco y el Centro Internacional para Periodistas (ICFJ) en 2020, arroja datos interesantes (y preocupantes) al respecto.

Del total de mujeres encuestadas: El 73% manifestó haber sufrido violencia en línea; el 25% recibió amenazas de violencia física y el 18%, sexual; el 41% declaró ser objeto de agresiones en línea aparentemente relacionadas con campañas de desinformación planificadas; el 30% de las periodistas dijo haber respondido a la violencia en línea autocensurándose en los medios sociales; el  47% identificó la cobertura de cuestiones de género o comentarios al respecto como el principal desencadenante de las agresiones en línea.

Sin embargo,  como señala un informe de la OEA publicado en 2019, el sistema interamericano de derechos humanos todavía no estableció una definición de la “violencia en línea” por razones de género. Esta es una deuda pendiente, fundamental,  para avanzar en la formulación de políticas públicas para combatir este fenómeno.

Es por ello que la primera recomendación para luchar contra estas violencias es que se “desnaturalice la idea de que las violencias de género digital por ser virtuales no son reales y, por lo tanto, no generan afectaciones en las vidas de las personas y sus entornos”.

Esto nos lleva a la conclusión de que es inmediata la elaboración e implementación de protocolos de atención de la violencia de género digital desde el marco de los Derechos Humanos, con perspectiva de género e intersectorial y con enfoque psicosocial a los fines de prevenir el impacto negativo que este tipo de violencia tiene en la salud mental de las mujeres.

  • Vocal de la Cámara 5° Civil y Comercial de Córdoba, integrante de AMJA.

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