miércoles 25, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Se extiende el horizonte penal económico y tributario

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Dos estudios tradicionales sellaron una alianza de cooperación para casos complejos. Advierten que, en este campo, abogados y contadores ya no pueden trabajar en forma disociada.

Los operativos de control de evasión fiscal, la avanzada en materia de normativa contra el lavado de dinero, los casos de vaciamientos de empresas o administración infiel extienden el horizonte en materia de derecho penal económico y penal tributario. En este escenario, dos estudios profesionales tradicionales de la ciudad, los encabezados por Carlos Palacio Laje y Marcos Sequeira, sellaron un acuerdo de cooperación frente a la actuación en este tipo de conflictos en los cuales problemas tributarios y penales tributarios se presenten emparentados con delitos penales económicos.

Ambos trazaron para Comercio y Justicia un panorama sobre un campo que requiere cada vez más la confluencia de distintas perspectivas, como la jurídica y la contable en conjunto.

– ¿Qué tendencias marcan hoy, en el campo laboral que abordarán, los mayores controles y exigencias que están imponiendo UIF y AFIP?
MS: En vinculación con la UIF, lo cierto es que opinamos que esta legislación, sancionada hace justo seis años, es prácticamente inviable en su aplicación. La prueba está en que se registran sólo dos sentencias en todo este período, a razón de una sentencia cada tres años. Este dato evidencia que la ley es casi impracticable. Inclusive, en oportunidad de su sanción tuve posibilidad de presentarla conjuntamente con José Dálbora en Capital Federal, y en ese momento ambos opinamos que llegar a una sentencia condenatoria por lavado de dinero era tan improbable como ganarse el Loto, la quiniela y la lotería al “mismo tiempo”, o sea: imposible. En Córdoba hay una sola causa vinculada con l tráfico de drogas que llegó a juzgarse en el Tribunal Oral Federal, con sentencia de condena, aún no firme. En el resto del país hay una sola causa, que culminó con sobreseimiento definitivo, la causa seguida contra la viuda de (Pablo) Escobar Gaviglia.

PL: Sobre la AFIP, hay que reconocer los inmensos avances que se están concretando en materia de prevención y control. Ése es un aspecto altamente positivo. Sin embargo, continúan las malas prácticas, en cuyo caso, de no intervenir el profesional especializado es muy probable que se hagan trizas los derechos de los contribuyentes. En ese sentido se sigue trabajando mal desde el organismo de fiscalización nacional y lo más grave es que -de no poseerse una defensa eficaz- los resultados pueden ser tan graves al punto de repercutir en la libertad ambulatoria del ciudadano más multas de hasta diez veces el impuesto evadido. Ya no puede sostenerse, como sucedía hace algún tiempo, que nadie va preso por evadir impuestos.

– En Córdoba, ¿qué impacto tienen la seguidillas de operativos AFIP contra evasión de distinto tipo en su correlato luego en acciones judiciales?
MS: En realidad la AFIP trabaja en forma coordinada con las autoridades judiciales. La práctica demuestra que hay muy pocas investigaciones que hayan sido promovidas de oficio por el ministerio público fiscal; y lo que sí vemos casi todos los días es que el fiscal reproduce la denuncia formulada en forma previa por la DGI. Me refiero al momento de elaborar el requerimiento fiscal de instrucción, momento a partir del cual surgen las imputaciones concretas.

Los operativos de la AFIP de los últimos años han ido dirigidos a las empresas relacionadas con el campo, y si bien hay buenos resultados en algunos de ellos, en otros lo que se procura es obtener una gran publicidad, ya que la realidad demuestra que luego del allanamiento y secuestro de documentación no se encuentra nada ilegal.

CPL: Seguramente la demanda de los servicios profesionales altamente especializados irá en alza, en la medida en que más eficiente sea la tarea de los organismo encargados de la prevención, tal el caso de la AFIP y la UIF justamente, al encontrarse emparentados los delitos penales con los penales tributarios, decidimos sumar esfuerzos a fin de brindar un servicio integral. Doy un ejemplo: las últimas evasiones consisten en el empleo de facturas apócrifas, y el hacer y emplear facturas apócrifas es un delito tipificado en el Código Penal. A su vez, estas facturas se emplean para consumar el delito de evasión. Por ende, sumando las especialidades del profesional en derecho penal económico y del derecho penal tributario, los resultados van a ser más eficientes.

De eso se trata. Mayor trabajo, pero con mayor necesidad de especialización y conjunción de especialistas.

Corrupción sin mira
– ¿Cuáles consideran que son hoy las falencias en la Justicia para que sean tan pocos los casos de corrupción que finalmente lleguen a juicio?
PL: – No creo que se trate de falencias de la Justicia. Creo que el déficit de punibilidad de los casos de corrupción va de la mano con el déficit de valoración de estos delitos. Es verdad que la impunidad que posibilitan a menudo el dinero y el poder, político o empresarial, frente a este marco judicial, suelen ser muy efectivos. Pero creo que nuestro orden cultural -además de resignarse- parece aceptar cierto grados de corrupción, porque incluso a algunos ya ni le asombran estos hechos. Además, atendiendo la estigmatización de “sociedad corrupta” que pesa en nuestra espalda de argentinos, no es difícil concluir que lo hayamos adoptado, inconscientemente claro está, como una especie de “identidad”.

Creo que, en lo que específicamente se refiere a la Justicia, es tal la saturación de causas que resultaría difícil que un fiscal tenga tiempo, o quiera tenerlo, para salir a investigar de oficio algún hecho sospechoso. Y sí creo que el poder político hace lo que más puede para evitar que la Justicia tenga una mayor “cintura” en estos casos. Aunque trata de mostrar lo contrario, cuanto menos haga por el tema, mejor. De hecho, el cargo de fiscal anticorrupción que alguna vez ocupó el ex intendente Luis Juez nunca se derogó y sigue vacante, y no se sabe por qué razón. Lo que en todo caso se necesita es una mayor decisión política de elevar banderas de ética pública. Pequeños cambios, aun sin presupuesto, podrían ser muy útiles ,como por ejemplo la figura del “arrepentido en la corrupción”, en un modelo semejante al español, como ya lo hemos propuesto al Congreso.

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