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Promulgan ley antilavado antes del GAFI

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Ayer salió publicado en el Boletín Oficial el texto de la ley 26683, horas antes del nuevo plenario del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) al que asistirá el ministro de Justicia.

El Gobierno nacional promulgó ayer, mediante el decreto 825 publicado en el Boletín Oficial, el texto de la ley 26683, que tipifica el lavado de dinero como delito autónomo en el sistema penal, y habilitó a la Unidad de Información Financiera (UIF) a actuar como querellante en este tipo de causas. La ley fue sancionada el pasado 1 de junio por el Congreso de la Nación, sobre la base de un proyecto presentado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

En este marco , el titular de la cartera, Julio Alak, participará hoy, en México, en un nuevo plenario del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). A la reunión del principal foro intergubernamental de prevención y lucha contra el lavado de dinero, también asiste José Sbattella, titular de la Unidad de Información Financiera.

Evaluación
Tras la apertura del encuentro, se analizarán los reportes de seguimiento a distintos países sobre la implementación de las recomendaciones de GAFI y se debatirán nuevas tipologías, las formas de evaluación e implementación de normas, los derechos y obligaciones de las naciones miembros de GAFI y la actualización de las recomendaciones con vistas a la Cuarta Ronda de Evaluaciones Mutuas.

En cuanto a la promulgada ley 26683, cabe recordar que ésta castiga el “autolavado”, facilita el decomiso de bienes de procedencia ilícita y, entre otras medidas, prevé sanciones a empresas que incurran en maniobras de reciclaje de fondos o financiación del terrorismo.

Por la norma se incorporó en el Código Penal un título específico referido a esta clase de criminalidad, el cual incluye hechos que dejaron de investigarse en los años 90 al derogarse la figura de subversión económica. La ley redefinió el tipo penal “lavado de dinero” para establecer que consiste en convertir, transferir, administrar, vender, gravar, disimular o de cualquier otro modo poner en circulación en el mercado, bienes provenientes de un ilícito penal, siempre que involucren una suma superior a 300 mil pesos, en un solo acto o por sumatoria de hechos reiterados, en un solo acto o por sumatoria de hechos reiterados.

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