Hasta el próximo día 31, la tasa de interés compensatorio y moratorio bajará del 2% al 0,6% mensual. Hoy existen más de 10.000 títulos de deudas a regularizar, generados entre 2007 y febrero pasado.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) acaba de lanzar una medida destinada a los morosos de la tasa de justicia. Quienes abonen hasta el próximo día 31 gozarán de una importante reducción, dado que durante ese período la tasa de interés compensatorio y moratorio aplicable será de 0,6% mensual en lugar del 2% que se venía cobrando.
Esta medida, que abre una especie de “período ventana” tendiente a promover la regularización de los contribuyentes con quita de interés, fue dispuesta por el TSJ mediante el reciente Acuerdo Reglamentario Nº 116/2012, “C” (ver texto completo en el Suplemento Leyes y Comentarios del diario).
Los vocales del Alto Cuerpo esgrimieron que de “las constancias informáticas surge una cantidad considerable de Tasas Judiciales vencidas e impagas a la fecha”.
Por esa razón, insistieron en que la reducción impulsada obedece a la conveniencia de “facilitar el pago de las gabelas atrasadas sin necesidad de recurrir a acciones judiciales”. Cabe subrayar que a partir del 1 de abril regirá nuevamente la tasa de interés compensatoria, por mora y de financiación de 2% mensual, directo y no capitalizable, que se aplica desde mayo de 2010.
Según informaron en la Oficina de Tasa de Justicia del Poder Judicial de la provincia, hay hoy más de diez mil títulos de deudas que datan desde 2007 hasta el pasado mes de febrero.
Aunque no revelaron la cifra acumulada que grafica el total del universo adeudado por parte de los morosos existentes, en el área explicaron que las deudas varían dependiendo de los montos de las demandas judiciales accionadas ya que la forma de cálculo equivale a 2% de la demanda.
Cómo acceder
A los fines operativos, los contribuyentes que quieran regularizar su situación sólo podrán hacerlo bajando el comprobante de pago de la página web oficial del Poder Judicial cuyo sistema ya está aplicando directamente la reducción de interés mencionada a la hora de emitir el comprobante. Tras ser impreso, éste deberá pagarse en el Banco de Córdoba.
En el texto de la acordada emitida el 29 de febrero pasado se explicita que la decisión adoptada, en el marco de las atribuciones conferidas por el Código Tributario de la Provincia, será comunicada al Colegio de Abogados de Córdoba, a todos los colegios del interior provincial, como así también a la Federación de Colegios de Abogados de la Provincia.
Por consultas
Por dudas y consultas los contribuyentes interesados en obtener más información deberán comunicarse con la Oficina de Tasa de Justicia: teléfono 4481014 o correo electrónico a [email protected].