El Ministerio de Ambiente y Economía Circular oficializó una normativa que busca agilizar los procesos administrativos para los profesionales que realizan mensuras.
A raíz de reclamos de ingenieros civiles y agrimensores por demoras y exigencias en la tramitación de expedientes que se elevan a esa repartición, se conoció la decisión del ministerio a través de la Resolución 138 publicada ayer en el Boletín Oficial. Los principales aspectos son:
- Simplificación de Trámites: Las mensuras simples y subdivisiones en parcelas rurales o urbanas dentro de radios municipales, destinadas al simple fraccionamiento, ya no requerirán la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental ni un Aviso de Proyecto ante el Ministerio de Ambiente y Economía Circular, siempre que no estén asociados a proyectos incluidos en los Anexos I y/o II de la Ley 10.830.
- Intervención Ministerial: La intervención del Ministerio de Ambiente y Economía Circular será obligatoria en los casos de subdivisiones de inmuebles fuera de todo radio urbano, cuando el Ministerio de Bioagroindustria se declare incompetente según el artículo 1, inciso c) de la Ley N° 5485.
- Casos Específicos: La intervención también será obligatoria para las subdivisiones autorizadas bajo la Resolución N° 194/2012 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentos (actual Ministerio de Bioagroindustria), cuando el proyecto o actividad esté previsto en los Anexos I y II de la Ley N° 10.208.
Cabe señalar, que por este tema, la cartera mantuvo reuniones con el Colegio de Ingenieros Civiles, el Colegio de Agrimensores y la Dirección de Catastro de la Provincia de Córdoba.