sábado 28, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Lavado: contadores acudieron a la justicia por el rol investigativo que les impuso la UIF

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La acción presentada por el  Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE) recayó en el juzgado a cargo de Alejandro Sánchez Freytes. Pidieron la suspensión de la medida que les exige denunciar a clientes sospechosos.

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba (CPCE) interpuso una acción de inconstitucionalidad contra la resolución 25/2011 de la Unidad de Información Financiera (UIF), la cual -aseguran- les impone procedimientos que exceden sus incumbencias en una temática que consideran “compleja,” como es la persecución de operaciones vinculadas con el lavado de dinero. El consejo entiende que la medida agravia a los profesionales y vulnera derechos constitucionales.

El pasado viernes, la entidad hizo la presentación ante el Juzgado Federal Nº3, a cargo del juez Alejandro Sánchez Freytes, a quien también le solicitaron la medida cautelar de no innovar, pidiendo la suspensión de la aplicación de la mencionada resolución.

Entre los argumentos presentados a la justicia, el CPCE planteó que la resolución de UIF impone a los contadores que se desempeñan en determinadas especialidades (auditores externos, síndicos societarios y liquidadores de impuestos) la obligación de informar sobre operaciones sospechosas o inusuales y le confiere al consejo una serie de obligaciones que “exceden ampliamente las incumbencias, idoneidad y funciones que le son propias”.

El eje de la argumentación es que se transforma a los profesionales “en verdaderos investigadores de sus clientes por supuestas maniobras delictivas, trasladándoles tareas de instrucción penal que le corresponden a los órganos estatales administrativos o judiciales”.

Asimismo, sostuvieron que la reglamentación se “extralimita” en los parámetros establecidos por la ley de lavado de dinero ya que, “lejos de fijar pautas objetivas de valoración de operaciones sospechosas e inusuales”, establece “pautas imprecisas, subjetivas y poco claras, obligando a los contadores a desplegar toda una serie de valoraciones y análisis sobre las operaciones supuestamente inusuales, con el agravante de que dicha función trasciende la incumbencia propia de los profesionales”.

El CPCE también cuestiona que las circunstancias a valorar sólo están descriptas “a mero título enunciativo”, lo que genera mayor incertidumbre.

Cabe recordar que la medida dictada en enero por UIF obliga a consejos profesionales y matriculados que ejercen funciones de auditoría, sindicatura societaria y asesoramiento y liquidación de impuestos a elaborar un manual de mecanismos y procedimientos, capacitación del personal y elaboración de un registro de operaciones sospechosas. También impone incorporar un “programa global antilavado”, que permita detectar operaciones inusuales y mayores pautas de identificación del cliente en los casos de presunta actuación por cuenta ajena (como “pantalla”).

Invasión
Para el consejo, la resolución se extralimita no sólo en sus potestades de reglamentación, sino que “invade esferas de poder que son propias del Congreso, contrariando así el principio republicano de poder”.

También sostiene que la reglamentación impugnada incluye como obligados a informar a los contadores públicos que desarrollen su actividad como síndicos societarios, mientras que los abogados -quienes por ley están habilitados para ejercer esa función- quedan exceptuados de la obligación. Se afecta así el “principio de igualdad ante la ley”.

Según precisó a Comercio y Justicia el titular de la entidad deontólógica, José Arnoletto, esta semana otros consejos de distintas provincias presentarán similares acciones judiciales en sus respectivas jurisdicciones. Tal es el caso de las entidades de Santa Fe, Tucumán, Jujuy y Mendoza. Cabe recordar que el consejo de Entre Ríos fue el primero en presentarse a la justicia federal con una acción de inconstitucionalidad y ya obtuvo la medida cautelar de no innovar.

“No estamos en contra de la ley de lavado de dinero, sino de la función que la resolución les confiere a los contadores, poniéndolos en el rol de investigadores. No somos investigadores privados de nuestros clientes ni estamos preparados para ello, además hay que tener en cuenta el tema de la violación de secreto profesional”, concluyó.

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