Con la mira en dar mayor seguridad y transparencia, un diputado cordobés propone la creación de un registro público nacional de aplicaciones y sitios web. La validación pasará por colegios y federaciones profesionales y permitirá a Enacom bloquear aplicaciones no verificadas. Cuenta con el apoyo de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce); participó en su elaboración la Asociación Abogados 4.0
Con el objetivo de proporcionar mayor seguridad y transparencia en el uso de plataformas digitales para servicios profesionales, un diputado cordobés propone la creación de un registro público nacional de aplicaciones digitales (app) y páginas web, que incluirá a profesionales de diversas disciplinas que ofrezcan sus servicios a través de estas plataformas.
En diálogo con Comercio y Justicia, Juan Brügge, de la Democracia Cristiana, que integra el bloque Hacemos Coalición Federal en el Congreso, confirmó el ingreso del proyecto de ley en Diputados.
En los fundamentos de la iniciativa, el legislador precisó que se busca regular y controlar el ejercicio de los teleservicios ofrecidos por profesionales, garantizando así la protección de los usuarios y consumidores que contraten estos servicios vía apps o páginas web.
En este punto, se refirió al cumplimiento del artículo 42 de la Constitución Nacional Argentina, que establece los derechos de los consumidores y usuarios de bienes y servicios, incluyendo la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; el derecho a información adecuada y veraz; la libertad de elección; y condiciones de trato equitativo y digno.
Advierte que, en el contexto actual, marcado por la creciente interacción a través de redes sociales e Internet, esta regulación se vuelve crucial. Internet ha revolucionado todos los ámbitos de la vida, incluyendo los negocios, actividades sociales y las relaciones profesionales.
Mecanismo de validación
La normativa propone que, para garantizar la veracidad y seguridad en el uso de estas apps y páginas web, exista un mecanismo previo de validación. Los colegios, consejos y federaciones de profesionales serán los encargados de certificar que los profesionales estén habilitados para ofrecer sus servicios, determinando el alcance del asesoramiento y las obligaciones asumidas en el teleservicio profesional ofrecido.
Esta validación permitirá a las autoridades nacionales, como el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), intervenir y bloquear aplicaciones no validadas, protegiendo así a los usuarios.
Brügge confirmó que el proyecto de ley cuenta con el apoyo de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), conducida por el cordobés José Simonella, y fue elaborado con la participación de la Asociación Abogados 4.0, presidida por la abogada Mónica Fernández Campero. Además, contó con aportes del abogado Manuel Godoy Luque, especialista en cuestiones de derecho digital y derecho de autor.
Cabe recordar que, antes de la pandemia hubo una iniciativa similar, pero esta nueva agrega actualizaciones, conforme el actual incremento del uso de apps de servicios profesionales.
El legislador cordobés explicó que actualmente sólo se encuentran reglamentados ciertos aspectos del ejercicio de la medicina, odontología y de la psicología, mediante la ley 27553, su decreto reglamentario y normas dictadas por el Ministerio de Salud. Advierte, en tanto, que esta normativa no ha previsto los requisitos que deben cumplirse en las aplicaciones, plataformas y sitios web empleados para estos servicios, ni el alcance de su uso, la información al paciente/consumidor, ni ha previsto ningún requisito especial sobre el tratamiento de datos sensibles.
“Con relación a las aplicaciones utilizadas en el área de la salud, se verifica, en los últimos tiempos, un alarmante y veloz crecimiento de este mercado, donde las Apps se descargan sin ningún tipo de control o de acreditación del organismo competente, sobre todo para garantizar la seguridad de la aplicación digita”, afirmó.
Procedimiento
Para la obtención de la certificación de app o página web verificada, el profesional interesado en utilizar el sistema de interrelación y comunicación con usuarios digitales del servicio profesional respectivo, debe requerir de la entidad deontológica profesional, colegio, consejo, federación u organismo público provincial, nacional o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con competencia en el ejercicio de la profesión respectiva en el domicilio del profesional, la verificación de:
1. La vigencia de la matrícula profesional respectiva.
2. El cumplimiento de las normas éticas que regulan el ejercicio profesional con la utilización de la app respectiva.
3. La declaración bajo juramento de ley que la utilización de la app y página web lo será bajo la responsabilidad exclusiva y absoluta del profesional que figura como titular de la Aplicación o sitio.
4. Todo otro dato que cada entidad deontológica u organismo considere pertinente conforme la legislación local aplicable.
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