Por Paola Sosa Teijeiro (*)
Si se trata de regulación de derechos humanos, está implícita la idea de asegurar la propia dignidad del trabajador y -consecuentemente- toda acción concreta y normativa convencional dictada en la materia resulta plenamente operativa.
En ese contexto, en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación está disponible un programa de desarrollo y capacitación en materia de prevención y erradicación de la violencia y acoso laboral desde una mirada multidisciplinar denominado Qualitas 190; se implementó como una manera de adecuar los procesos organizacionales al Convenio 190 y a la Recomendación 206 de la OIT.
En virtud de tal postulado, la capacitación Qualitas 190 está destinada a organizaciones empleadoras que requieran formar a sus integrantes. La necesidad de sensibilizar y concientizar a las personas en la defensa y promoción del derecho humano a trabajar en un ámbito libre de violencia laboral, es el norte del camino.
Además, significa concretamente la adopción de medidas adecuadas tendientes a erradicar prácticas discriminatorias. Indudablemente, determinar los aspectos psicofísicos y socioculturales de la violencia laboral permitirá ponderar criterios de prevención como también concretizar, entre otras acciones positivas, lo normado en el art. 5 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
Resulta que “modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres” es una realidad posible.
Conocer el impacto de la violencia en trabajadoras y trabajadores, en las organizaciones y en la sociedad significa delimitar cómo funcionan los grupos en caso de violencia laboral; por ello delimitar el concepto de mobbing tiende a evitar su reproducción en ulteriores situaciones.
Resulta esencial en ese contexto el análisis del concepto de violencias laborales, tipos y modalidades para poder encontrar las diferencias existentes con otras situaciones de malestar en el trabajo; todo ello con un enfoque inclusivo, integral y con perspectiva de género.
Se conceptualiza a la violencia y acoso laboral “(…) como el abuso de poder que se ejerce hacia una persona con la finalidad de excluirla o someterla. Se manifiesta como agresión física, acoso sexual o violencia psicológica. Produce o puede ocasionar un daño físico, psicológico, sexual y/o económico. Consecuentemente a ello, no es violencia y acoso laboral: los conflictos laborales, las exigencias organizacionales que respeten los derechos de los trabajadores, el estrés laboral y el síndrome de agotamiento profesional (burn out)” (www.argentina.gob.ar/servicio/recibir-asesoramiento-sobre-violencia-laboraly-denunciarla).
Micromachismos
No es un dato menor lo que acontece con los micromachismos; con las conductas de la vida cotidiana ejercidos de una manera tan normalizada e interiorizada que nos pasan desapercibidas. El término lo acuñó el psicoterapeuta español Luis Bonino Méndez, en 1991, para dar nombre a prácticas que otros especialistas llaman “pequeñas tiranías”, “terrorismo íntimo” o “violencia blanda “. Ya el sociólogo francés Pierre Bourdieu había hablado de “violencia suave”, íntimamente relacionada con lo que él definía como el “neomachismo” (https://www.bbc.com/mundo/noticias-36598564)
Entre los micromachismos más comunes encontramos el llamado mansplaining, que -traducido del inglés- significa “hombre explicando”. Se trata de un fenómeno que se produce cuando un hombre da lecciones a una mujer en lo que ella es experta. Por ejemplo, decir que eres abogada y que el hombre empiece a explicar datos básicos de derecho. Esto es culpa de un sistema patriarcal que los legitima para hacerlo. La educación contribuyó a hacer ver a la mujer inferior. Debemos ser conscientes, asimismo, cómo el uso del lenguaje determina en gran medida las prácticas cotidianas. Expresiones como “las mujeres a la cocina no en el taller…” o “estamos hablando de futbol no lo entenderías…” son ejemplos añadidos para ver que el lenguaje, el medio que usamos para construirnos como seres humanos legitima que lo femenino quede por debajo de lo masculino.
Una de las herramientas para hacer frente a esas situaciones es la red territorial contra la violencia laboral: [email protected]; desde ese ámbito se brinda asesoramiento y toma de acción concreta en estos casos ya que integra los diferentes actores del mundo del trabajo.
Prevenir y orientar el abordaje de situaciones de violencia y acoso laboral por razones de genero u otra haría real el objetivo central de una vida libre de violencia el ámbito laboral.
(*) Secretaria Letrada de Cámara Sala 11 Cámara Única del Trabajo de Córdoba. Socia de AMJA