viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Escribanos, con nuevo requisito para prevenir lavado de dinero

Registro general de la provincia. Emitió la Resolución 3/2014 sobre reporte de registración y cumplimiento de acciones de prevención del delito.
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Desde mañana, para la inscripción de inmuebles superiores a 500 mil pesos deberán reportar registración y cumplimiento de medidas impuestas por la Unidad de Información Financiera (UIF). La medida fue dispuesta por el Registro General de la Provincia.

A partir de mañana los escribanos cordobeses deberán reportar ante el Registro General de la Provincia la registración y cumplimiento de disposiciones de la Unidad de Información Financiera (UIF).

Por medio de la Resolución 4/2014, dispuso que los notarios “que ingresen escrituras públicas que cumplan con los parámetros de la Resolución UIF N° 70/2011 respecto a inscripciones de: a) usufructos vitalicios en inmuebles cuya valuación sea superior a $500.000, y b) compraventa de inmuebles por montos superiores a $500.000, deberán acompañar a la solicitud de registración una declaración jurada sobre el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo”.

Asimismo, deberán presentar la correspondiente constancia de inscripción ante la UIF que podrá obtenerse a través de la página web de la mencionada entidad.

La resolución también dispone que en caso de incumplimiento de lo dispuesto por parte de los escribanos, el Registro General de la Provincia de Córdoba procederá a reportar a la Unidad de Información Financiera tal circunstancia.

En tanto que en el artículo tercero, explica que la presentación, tanto de la mencionada declaración jurada como de la constancia de inscripción ante la UIF, se tendrán por válidas y vigentes.

Finalmente, la nomativa incorpora un formulario de declaración jurada que deberá adjuntarse a la documentación mencionada que estará disponible entre los formularios web habilitados por el Registro.

Cumpliendo con UIF
En los considerandos de la resolución 4/2014, publicada ayer en el Boletín Oficial de la Provincia, se remite al cumplimiento de la Resolución 3/2014 de la UIF que incorpora la obligación de que los sujetos obligados, al operar con otros sujetos obligados “deberán solicitarles una declaración jurada sobre el cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de prevención del Lavado de Dinero y Financiación del Terrorismo, junto con la correspondiente constancia de inscripción ante la Unidad de Información Financiera (UIF)”.
Asimismo, se recuerda que las modificaciones implementadas tienen como finalidad ajustar la normativa nacional a los estándares internacionales establecidos en las Recomendaciones N° 1 y N° 20 de las cuarenta Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera (GAFI).

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