sábado 23, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

El Senado aprobó en comisión el cupo laboral trans

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Un proyecto de inclusión laboral para la población travesti y transgénero obtuvo dictamen favorable durante un plenario de comisiones del Senado y quedó en condiciones de ser convertido en ley durante la sesión de la semana próxima.

Las comisiones de Banca de la Mujer y de Trabajo avalaron un texto aprobado la semana pasada por Diputados, que prevé que al menos 1% de la dotación de la Administración pública provenga de ese colectivo.

Además, los legisladores respaldaron dos iniciativas de similares características  presentadas por senadoras del oficialismo: la chubutense Nancy González y la catamarqueña Inés Blas.

Además del cupo, el proyecto establece también que “a los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades”, el requisito de terminalidad (sic) educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo.

También precisa que “personas travestis, transexuales y transgénero” son todas aquellas que “se autoperciben con una identidad de género que no se corresponde con el sexo asignado al nacer”.

Durante el debate, la senadora González (Frente de Todos) consideró que el país está “en deuda” y “llegando tarde” con el tema, pero valoró los avances.

Blas, por su parte, sostuvo que no se puede “dilatar más la ampliación de derechos” para ese colectivo, al entender que “es un estricto acto de justicia e inclusión social”.

La legisladora ponderó la “larga lucha por la igualdad de oportunidades” de travestis y trans y aseguró que “el trabajo dignifica y ordena la vida”.

La presidenta de la Banca de la Mujer, Norma Durango, estimó que Argentina “tiene una normativa muy valorada en el resto de los países” por la ampliación de derechos.


Puntos

  • Los organismos comprendidos en el proyecto de ley deberán promover acciones tendientes a la sensibilización con perspectiva de género y de diversidad sexual en los ámbitos laborales, con el fin de una efectiva integración de las personas travestis, transexuales y transgénero en los puestos de trabajo.
  • Contempla que las contribuciones patronales que se generan por la contratación de las personas beneficiarias de la presente ley podrán tomarse como pago a cuenta de impuestos nacionales, beneficio que se extiende a un año, y a dos en el caso de las pequeñas empresas.

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