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Contadores preocupados por reforma de la Ley de Concursos y Quiebras

18 septiembre, 2015
Contadores preocupados por reforma de la Ley de Concursos y Quiebras
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La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce) sostiene que el ejercicio como síndico requiere conocimientos específicos en el área económico-contable, materia que hasta hoy les es exclusiva. Advierte de que un proyecto en análisis en el Senado introduce cambios que lesionan sus incumbencias.

Los 24 consejos profesionales en ciencias económicas del país manifestaron su “grave preocupación” por el proyecto de reforma de la Ley de Concursos y Quiebras Nº 24522, que contempla la posibilidad de que la sindicatura, tanto concursal como en el proceso de quiebra, sea ejercida indistintamente por un contador o por un abogado.

Los profesionales en ciencias económicas sostienen que la iniciativa ingresada al Congreso por los senadores Roberto Urtubey, Pedro Guastavino, Marcelo Fuentes y Miguel Pichetto no tomó en consideración el hecho de que si la sindicatura queda a cargo de un abogado, “no sólo vulnera las incumbencias profesionales de los contadores sino que implica la actuación de un profesional en ámbitos y competencias que le son ajenas y que requieren de conocimientos que exceden el ámbito del derecho”.

Así lo indicó la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce) en una nota presentada el martes pasado ante la comisiones de Legislación General y de Justicia y Asuntos Penales, del Senado de la Nación. En ella la entidad agrega: “El proyecto podría prever en todo caso la actuación conjunta de estos profesionales, quienes podrían entonces abarcar con amplitud y competencia la actuación sindical”.

Según detalla la carta elevada al Senado, uno de cuyos autores fue el titular del Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE) de Córdoba y vicepresidente de la Facpce, José Simonella, hace años que “la ley argentina ha reservado en exclusividad el ejercicio de este cargo a los contadores públicos, previendo la posibilidad de que actúen con patrocinio letrado para tener el debido asesoramiento jurídico en las cuestiones que así lo requieran.

Es obvio que esta larga trayectoria no es antojadiza ni responde a otro factor que los requerimientos profesionales del cargo y la necesidad de proteger a la sociedad en el ámbito económico, para facilitar la recuperación de las empresas en crisis”.

Peligra la fuente laboral
El proyecto en cuestión genera, según Facpce, una “especial sensibilidad ante la posibilidad de que el trabajo profesional se vea lesionado, con afectación de la paz social”, al ponerse en peligro la subsistencia de una fuente de trabajo en la cual los profesionales interesados desarrollan sus capacidades como modalidad concreta de carácter laboral, ligada a sus ingresos. Asimismo, los contadores piden ser recibidos y consultados por los legisladores.

Finalmente, subrayan que la modificación planteada a la norma implicaría un retroceso enorme en el desarrollo del instituto de la sindicatura concursal. Y agregan que la reforma “no tiene el aval de ninguno de los tratadistas del derecho comercial y concursal y jamás ha sido sostenida por ninguna comisión de reformas, aun cuando han estado integradas por prestigiosos abogados de los sectores académico, profesional y magistrados”.

Fundamentos

– Los contadores defienden que el criterio rector que subyace en la incumbencia profesional para el ejercicio de la sindicatura es que el proceso concursal y falencial importa la determinación de la situación económico- financiera de la empresa en crisis y las causas de su estado, que demanda un análisis patrimonial, financiero y económico, valorizado temporalmente.

– Advierten de que estas labores profesionales requieren conocimientos específicos en el área económico-contable. Por ello, sostienen que el síndico debe ser un contador público matriculado.

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