Obligan a operadoras de tarjetas de crédito y cheques del viajero a realizar un perfil transaccional de sus clientes. Exigirán declaración jurada en operaciones superiores a 5.000 pesos.
La Unidad de Información Financiera (UIF) lanzó nuevas medidas para controlar el lavado de dinero en el país y por primera vez apuntó a los movimientos de tarjetas de crédito y cheques del viajero. Entre las principales pautas de la Resolución 27/2011, publicada anteayer en el Boletín Oficial, se destacan nuevas exigencias que incluyen el pedido de declaración jurada a partir de ciertos límites y el registro de perfiles transaccionales de los usuarios de plásticos. A continuación, algunos puntos claves de la nueva normativa.
Declaración jurada. Las firmas emisoras estarán obligadas a exigir una declaración jurada a sus clientes cuando éstos soliciten una emisión de cheques de viajero superior a 5.000 pesos o tengan tarjetas con un límite de compra superior a esa cifra.
Documentación respaldatoria. Cuando los límites de las tarjetas superen 20.000 pesos, las declaraciones juradas deberán ir acompañadas de documentación que respalde el origen declarado de los fondos. Las empresas deberán realizar perfiles transaccionales de sus clientes y seguir las operaciones que efectúen.
Operaciones inusuales. Las empresas emisoras deberán informar cualquier operación de sus clientes considerada “inusual” o “sospechosa”. En la tipificación demarcada por la UIF, dentro de estas operaciones se incluyen aquellas con “alta concentración, sin causa aparente, de compras de un usuario en un mismo establecimiento adherido, por montos significativos”, y situaciones en las que el cliente trate con “países o jurisdicciones declarados paraísos fiscales por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)
Registración. Se exige a las empresas que registren las operaciones de sus clientes, tanto usuarios titulares como portadores de extensiones, y también a los proveedores de bienes o servicios o comercios adheridos. Las empresas también deberán abrir un legajo de identificación de cada cliente en el que conste, en el caso de la persona física, su actividad principal.
Asimismo, las entidades mencionadas están obligadas a informar si el cliente es una “Persona Expuesta Políticamente (PEP)”, es decir, un sujeto con cierta relevancia pública. En esta categoría, UIF contempló a figuras que van desde el Presidente de la Nación, concejales, oficiales de las Fuerzas Armadas hasta representantes en sindicatos y cámaras empresarias.
Designación de un responsable. La norma obliga a las compañías a designar un “Oficial de Cumplimiento” responsable de la relación con la UIF “que los bancos ya tienen” y a establecer un manual de procedimientos.
La disposición, que da un marco de 90 días para adecuarse a las nuevas medidas, se suma a resoluciones similares emitidas la semana pasada que alcanzaron a escribanos, contadores, Banco Central, la Comisión Nacional de Valores, la Superintendencia de Seguros, las empresas de juegos de azar y las transportadoras de caudales.
Cabe recordar que en febrero el GAFI evaluará la evolución de Argentina en materia de control antilavado, tras la crítica que le hizo al país, en octubre pasado, por la falta de medidas al respecto.
Nueva reglas: Sbatella afirmó que las medidas antilavado no son una persecución
El presidente de la Unidad de Información Financiera (UIF), José Sbattella, aseguró ayer que las nuevas medidas dispuestas para combatir el lavado de dinero apuntan a maximizar los controles por parte de las compañías emisoras de tarjetas de crédito y “en modo alguno” suponen una persecución a los usuarios. “No hay una persecución al usuario de una tarjeta sino medidas reforzadas para las administradoras de tarjetas o de cheques de viajero, que al momento de otorgamiento deberán asegurarse, de la mejor manera, de la capacidad del cliente, de su debida identificación”, precisó en un comunicado.
Al respecto, dijo: “Pensemos que, sin controles, alguien puede utilizar cheques de viajero para hacerse de efectivo en cualquier lugar del mundo, sin que se conozca la procedencia de ese dinero”. Y agregó: “Los clientes del sistema financiero que poseen un paquete de productos en una entidad bancaria, ya sea por acreditar salarios o por haber oportunamente demostrado su capacidad contributiva, en nada quedan afectados por la nueva normativa”, precisó.
Asimismo, señaló al respecto que, “en cambio, determinará mayores precauciones para, por ejemplo, el otorgamiento de tarjetas de crédito a quien la solicita por primera vez”.