La AFIP modificó el régimen de facilidades de pago para contribuyentes o responsables que hubieran obtenido la homologación de un acuerdo preventivo, así como el procedimiento a través del cual los sujetos concursados solicitan la conformidad del organismo para alcanzar las mayorías legales y obtener la homologación.
También contempla a fallidos que soliciten la conformidad del fisco para la conclusión de la quiebra a través del avenimiento, de acuerdo con las disposiciones de la ley Nº24.522 y sus modificaciones.
Además, se habilitó el sistema informático “Mis Facilidades” para la presentación de los planes de tipo regular y por aportes personales de los trabajadores en relación de dependencia, reemplazando de manera progresiva al programa aplicativo denominado “Sistema Jeronimo”.
Facilidades
En el plan de facilidades de pago se incluirán los créditos que reúnan algunas de las siguientes condiciones: Verificados; Declarados admisibles o en trámite de revisión; En trámite de verificación por incidente; No reclamados en la demanda de verificación (no insinuados).
Todo los detalles sobre los procedimientos, exclusiones y condiciones están precisados en la Resolución General 3587 publicada ayer en el Boletín Oficial de la Nación.