Se deberá identificar sustancia, el profesional o institución que la adquiere, el vendedor, la fecha y la firma. Habrá más fiscalización sobre las farmacias.
Autoridades de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) presentaron una herramienta informática de alcance nacional que tiene por objetivo mejorar el control y la fiscalización de los psicotrópicos y estupefacientes.
Se trata de “Vale Federal”, un mecanismo informático rápido, ágil y seguro, por medio del que todas las provincias podrán acceder a la información elaborada con criterios unificados por consenso, donde la información estará disponible en tiempo real, garantizando la legitimidad de la cadena de comercialización”, detalló el interventor nacional de la Anmat, Carlos Chiale, en oportunidad de su presentación.
La jefa del Departamento de Psicotrópicos y Estupefacientes del organismo nacional, Norma Belixán, explicó que “la prescripción de las especialidades medicinales que contengan estas sustancias debe realizarse generalmente en recetarios oficiales, tal como se establece en las leyes nacionales”.
Asimismo, es obligatorio que su comercialización se realice con la documentación oficial pertinente –llamados “vales”–, que son certificados oficiales aprobados por la autoridad sanitaria correspondiente.
En ellos se identifica la sustancia, el profesional o la institución que la adquiere, el vendedor, la fecha y la firma, entre otra información de relevancia.
Cada provincia tiene actualmente un modelo de “vale” diferente, que es necesario unificar, con la finalidad de fortalecer la fiscalización de los productos regulados.
Responsables de las áreas de fiscalización farmacéutica de 15 provincias analizaron la nueva propuesta.
Estupefacientes
El Colegio de Farmacéuticos de Córdoba en su página web (www.colfacor.org.ar) detalla el procedimiento que deberá efectuarse en cada caso.
Al respecto, detalla que “únicamente los estupefacientes Lista I se dispensan con Recetario Oficial y, por lo tanto, es la única lista que se asienta en el Libro de Estupefacientes. Por lo tanto, los estupefacientes Lista II y III sólo se deben asentar en el Libro Recetario”.
Algunos ejemplos de estupefacientes Lista I son morfina, fentanilo y meperidina.
“El recetario oficial deberá ser manuscrito, señalando la denominación o la fórmula y su prescripción, con las cantidades expresadas en letras, debiendo constar nombre, apellido y domicilio del paciente”, explicaron.