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Veinte años de funcionamiento del Consejo de la Magistratura de la Nación

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Por Marcelo Bee Sellarés (*)

El 17 de noviembre de 1998 se dictó la primera resolución del Consejo de la Magistratura y, de esa forma, aquella primea integración daba inicio a este organismo constitucional republicano y federal consagrado por nuestros convencionales constituyentes que, reunidos en Santa Fe en 1994, tuvieron la firme convicción de modificar y suprimir aquel viejo sistema de designación de magistrados que era de corte netamente político, pasando a un nuevo sistema más técnico, basado en un principio de idoneidad para ocupar los cargos públicos tal como lo consagra nuestra Constitución.
Como lo sostuvo el Dr. Raúl Ricardo Alfonsín, la idea era tomar este instituto de corte europeo para “despartidizar” la designación de los futuros magistrados. Los convencionales cumplieron su labor y redactaron el artículo 114 de nuestra Constitución, que estableció las bases y parámetros sobre los cuales nuestro Congreso sancionó una ley reglamentaria que permitió “atar” muchos cabos sueltos que los propios constituyentes en su redacción habían dejado. Fue así que recién en 1998, luego de un arduo e intenso debate que primero se dio en Senadores y luego en Diputado,s se sancionó la ley 24937.

A nuestros días, luego de un camino trazado, cabe preguntarnos si cumplió este organismo permanente del Poder Judicial su cometido. Para eso es bueno observar y estudiar algunas estadísticas en las áreas de mayor relevancia en lo que hace a sus funciones. En materia de Selección, se han remitido al Poder Ejecutivo -desde su creación por este mecanismo constitucional- 853 ternas con 758 designaciones por parte del Poder Ejecutivo sobre un total de 985 cargos en la Justicia Nacional y Federal de todo el país. En materia disciplinaria y de Acusación ingresaron desde su puesta en funcionamiento unas 6.100 denuncias en contra de magistrados, con el resultado de 35 juicios políticos -de los cuales cinco fueron en los últimos cuatro años- y 47 sanciones disciplinarias. En materia de Administración, este organismo administra un presupuesto de aproximadamente unos 30 millones de pesos para todo el país sobre la base de la ley de autarquía judicial base fundamental de la independencia del Poder Judicial. Con esa masa presupuestaria se solventa toda la estructura del Poder Judicial de la Nación en lo que hace a salarios de empleados, funcionarios y magistrados, insumos básicos, infraestructura, tecnología y tantos otros ítems que hacen al funcionamiento diario de un servicio de justicia que debe estar acorde a las necesidades que la sociedad demanda.

Esta actual composición tuvo la decisión, voluntad y compromiso institucional de poner nuevamente en la consideración pública y social el enorme relieve que tiene este organismo dentro de nuestro sistema republicano. Seguramente quedará enmarcada en el tiempo como la gestión que puso nuevamente en funcionamiento el Consejo y que instauró las auditorías como sistema de control y gestión judicial. Comparativamente con la gestión del período 2010/2014 se llevan elevadas al Poder Ejecutivo 230 ternas con una proyección de 260 contra 45 de toda la gestión anterior. Se avanzó y profundizo el concepto del control de gestión judicial y para ello se modificó un viejo paradigma con la aprobación de la resolución 342/2016, que instauró como política institucional las auditorías permanentes y continuas en materia de los delitos vinculados a la corrupción y narcotráfico, lo que le permitirá a la sociedad (en unos pocos días más) por medio de un formato abierto y amigable acceder a los resultados y conclusiones de aquéllas, en cumplimiento también de otro compromiso institucional que hace a la implementación como organismo obligado de la ley de acceso a la información pública. En materia de acusación se destituyeron cinco jueces federales contra 35 en total desde la puesta en funcionamiento de este organismo. Se instauró la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana, que permitirá a toda la sociedad tener un conocimiento y contacto directo de cada una de las actividades y funciones del Consejo. La federalización del organismo como concepto llevando a cada rincón del país la posibilidad de que los aspirantes a la magistratura puedan rendir sus exámenes en su lugar de origen. Se avanzó en la habilitación de juzgados federales en el interior del país como es el caso de Venado Tuerto, Moreno o Tartagal, entre otros.

* Funcionario del Consejo de la Magistratura de La Nación.

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