viernes 22, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

¿Una nueva y mejor seguridad?

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Por Luis Carranza Torres (*) y Carlos Krauth (**)

La Ley de Seguridad Pública y Seguridad Ciudadana de la Provincia de Córdoba Nº 109854 fue sancionada por la Legislatura Provincial el pasado 20 de diciembre y promulgada por decreto N° 2415 al siguiente día, siendo publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba N° 243 del pasado día 21.

En su primer artículo expresa: “La presente Ley es de orden público y tiene por objeto crear el Sistema Integrado de Seguridad Pública y Seguridad Ciudadana de la Provincia de Córdoba a los fines del diseño participativo y la gestión asociada de las políticas públicas de prevención y lucha contra las violencias, las contravenciones y el delito, de promoción de la paz y la tranquilidad social”.

En su artículo 4º bajo el título de “Competencias”, dice asimismo: “El Poder Ejecutivo Provincial, en el marco de sus respectivas competencias constitucionales por intermedio del Ministerio de Seguridad o el organismo que lo reemplace, define la planificación, programación y gestión en materia de seguridad pública y seguridad ciudadana. La Cartera Ministerial, a través de sus órganos dependientes, debe informar anualmente ante la Legislatura de la Provincia, estado de situación del Sistema integrado de Seguridad Publica y Seguridad Ciudadana”.

El objeto de las políticas en el ramo, conforme su quinto artículo, resulta: “Las políticas de seguridad pública y seguridad ciudadana tienen por objeto contribuir al desarrollo del capital social, mediante la prevención y lucha contra las conductas que configuran violencias, contravenciones o delitos, el mantenimiento del orden y la promoción de la tranquilidad, en el marco de los derechos, las garantías constitucionales y los derechos humanos. La seguridad ciudadana tiene por finalidad promover la convivencia de la ciudadanía garantizando la integridad, el legítimo disfrute y posesión de sus bienes y el efectivo ejercicio de sus derechos y libertades, asegurando la participación ciudadana en el desarrollo de las políticas de seguridad provincial”.

¿Sirve para brindar mayor y mejor seguridad a los ciudadanos la norma? La idea de sistema, palabra que nos viene primero del latín “systema”, y antes del griego, refiriendo a “reunión, conjunto, agregado”, se trata de “un objeto complejo cuyas partes o componentes se relacionan con al menos alguno de los demás componentes”, según Mario Bunge en su Diccionario de Filosofía.

Volviendo a la norma, a más de lo ya reseñado, que resultan palabras que en la práctica a nada obligan en concreto, advertimos que a medida que nos adentramos en la ley, encontramos de todo como en botica, para usar una vieja frase: entre otras cuestiones, se crean “guardias locales de prevención y convivencia”, un instituto de formación de políticas de seguridad y de capacitación, la implementación de armas no letales como si ya no estuvieran, la obligatoriedad del narcotest para funcionarios públicos y la creación de distintas fiscalías y juzgados de control y faltas. 

No es la primera vez que se sanciona una norma de este tipo. Nos queda el gusto de que se halla por detrás ese pensamiento tal enraizado en los estamentos públicos, de que con una nueva ley se soluciona todo. Esa vocación por lo regulatorio, de modo tanto extenso y general que, por lo común, no modifica ni impacta, por su misma generalización, en la realidad. 

La seguridad es mucho más compleja que una norma, aun cuando sea ley. Tiene una multiplicidad de elementos que tienen que ver más con la cultura y sus manifestaciones varias, que con una normativa. Es claro que resulta una dimensión de ella pero que no la agota ni mínimamente. 

Esperemos que las autoridades del ramo tengan esto presente. O será otra ley en abstracto, con poca incidencia en la realidad y seguridad de todos los cordobeses.

(*) Abogado. Doctor en ciencias jurídicas

(**) Abogado. Doctor en derecho y ciencias sociales

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