lunes 23, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Trata de personas: teñir la sociedad de azul

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Por Sabrina Kenis (*)

El 18 de diciembre 2013, la Asamblea General de Naciones Unidas resolvió, “ante la necesidad de crear mayor conciencia de la situación de las víctimas de la trata de personas y de promover y proteger sus derechos, designar el 30 de julio Día Mundial contra la Trata de Personas…”
Es en esa fecha que se instituye la campaña “Corazón Azul”, que pretende erigirse en un movimiento mediante el cual se tome conciencia respecto de este delito y el  impacto en la sociedad, llevando adelante acciones tendientes a visibilizarlo y crear conciencia y sensibilizar a nuestra sociedad, así como solidarizarnos con aquellas personas que son o han sido víctimas de trata.
En la actualidad, una de las manifestaciones más extremas de la violación a los Derechos Humanos es sin lugar a dudas la trata de personas.
Cualquiera sea su modalidad -sexual, laboral, servidumbre doméstica, mendicidad, extracción de órganos, turismo sexual, adopciones ilegales- se configura con la mera presencia de la intención de explotación a aquellas personas que, por encontrarse en una especial condición de vulnerabilidad, son sujetos dóciles y manipulables.
Pobreza, falta de oportunidades laborales, de educación, violencia o maltrato extremo, y de manera reciente la crisis humanitaria migratoria, se constituyen como tierra fértil para el accionar de los reclutadores en una compleja trama delictiva que no reconoce fronteras ni nacionalidades y que logra despojar a las personas de su dignidad y libertad, convirtiéndolas en objetos, despojadas de su capacidad de decisión, su despersonalización y sustitución de personalidad.

Este delito constituye un fenómeno creciente, que en la última década se ubica entre las dos mayores formas ilícitas de carácter lucrativo -junto con el tráfico de drogas-, y se encuentra entre las alarmantes estadísticas que 49% es mujer, 18% hombre, 21% niña/adolescente y 12% niño/adolescente, según informa Naciones Unidas.
La República Argentina no escapa a esta realidad, habiéndose convertido desde hace varios años en país de origen, tránsito y destino de la trata de personas, en su dimensión interna, esto es que las víctimas  de origen  argentino son captadas y explotadas dentro del país; así como una dimensión transnacional, que se refiere a las víctimas argentinas trasladadas al extranjero o personas extranjeras introducidas al país con la finalidad de ser explotadas, así como víctimas de países extranjeros que son transportadas al territorio nacional en tránsito hacia otro destino.
En su dimensión trasnacional y siendo su explotación en territorio nacional, en los últimos años estamos en presencia de una cantidad significativa de mujeres y niñas que provienen principalmente de Bolivia y Paraguay y, en menor medida, de República Dominicana, Uruguay y Brasil, si es que hablamos de trata con fines sexuales, siendo personas preferentemente de nacionalidad boliviana o peruana en el supuesto de trata laboral.
A esta realidad debemos sumar la captación a través de las redes sociales, transformándose en uno de los métodos más comunes de captación para reclutar hombres, mujeres y niños con fines de explotación sexual y laboral principalmente.
La trata de personas atraviesa el concierto de naciones, incluidos los 147 países que en el año 2000 firmaron la convención de las naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, habiendo sido penalizado el delito en más de 90% de los Estados que integran las Naciones Unidas a partir de la suscripción de la Convención.
Este instrumento internacional, conocido como Convención de Palermo, prevé la adopción de tres protocolos complementarios: el protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire, el protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas componentes y municiones, y el protocolo para prevenir, reprimir y sancionar trata de personas, especialmente mujeres y niños.
La República Argentina, en respuesta a las obligaciones internacionales asumidas, sancionó la ley 26364 -reformada por la ley 26842-, lo que implica un gran avance ya que implica un compromiso integral a investigar y castigar el delito, brindar protección, atención y asistencia a sus víctimas e implementar medidas de prevención del delito, con la colaboración, articulación y asistencia de los Estados provinciales, contando en el caso de la Provincia de Córdoba con el área de la Secretaría de Lucha contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas, que lleva adelante, mediante la Subsecretaria de Asistencia y Trata de Personas, la asistencia integral tendiente a la restitución de los derechos de las víctimas de trata.
Se observan esfuerzos significativos en la implementación de políticas públicas tendientes a la prevención y persecución del delito, siendo esta fecha propicia para profundizarlas.
La Campaña “Corazón Azul” intenta representar la tristeza de quienes son víctimas de la trata de personas y nos recuerda la insensibilidad de quienes compran y venden a otros seres humanos.
Nos coloca ante una nueva oportunidad de llevar adelante acciones de visibilización de este aberrante flagelo, propuestas de sensibilización bajo el prisma de una triple perspectiva de derechos y de género como eje central de las políticas públicas. Como sociedad debemos instar y exigir del Estado políticas que tiendan a reducir la vulnerabilidad de las potenciales víctimas de trata de personas mediante acciones proactivas que permitan que la población se entere, conozca y participe activamente en las acciones de prevención del delito.
Comprender las diversas manifestaciones, dimensiones y consecuencias de éste nos permite alentar una participación de la sociedad toda; un empoderamiento de nuestros derechos humanos, además de tener una mirada solidaria con las víctimas de la trata de personas ya que, en definitiva, cualquiera de nosotros puede ser víctima.
La discusión está planteada.

Canales de denuncia: Entre Ríos 680 (Polo de la Mujer), 0351-4288700 al 02/ [email protected]/ línea 145/

(*) Asesora. Subsecretaría de Asistencia y Trata de Personas. Secretaría de Lucha contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas

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