lunes 18, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Todos los terceros de la mediación

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Carolina y Miguel tenían dos hijos en común y llevaban casi una década separados. Llegaron al Centro Judicial de Mediación porque Miguel pretendía bajar el porcentaje retenido de su salario por alimentos. Por Laura San Millán (*) y Analía Reineri (**)

Aducía tener otros hijos con su nueva pareja y que el porcentaje fijado por el juez era “muy alto”. Miguel suponía que era la consecuencia de no haber asistido a las audiencias a las que fue citado porque “nunca se había enterado” y responsabilizaba por ello a su anterior abogado.

No sólo necesitaba que se redujera la cuota sino también llegar a un acuerdo por una abultada deuda en concepto de alimentos que tenía con Carolina a favor de los hijos de ese matrimonio.

Carolina no estaba dispuesta a ceder en nada. Aseguraba que sus hijos no podían bajar el estándar de vida al que estaban acostumbrados y que lo que percibía era lo justo, ya que lo había logrado –decía- “con años de lucha”.

Las cuestiones emocionales entre ellos no parecían nada resueltas. Carolina, que tenía un carácter muy fuerte, no había perdonado el proceder afectivo de su ex marido mientras fue su pareja y aún después. Miguel, por su parte, parecía agotado y se mostraba hondamente preocupado por lo que pudiera pensar su actual esposa sobre los resultados de esta mediación.

Años de confrontación habían dejado sus huellas en esa relación y quedaban a la vista en la mediación. La disputa entre ellos trascendía la búsqueda del bienestar de los hijos en común.

Los abogados de ambos completaban este complejo panorama. Se mostraban muy conciliadores, “pro mediación” y expresaban la voluntad de finalizar con un acuerdo en este ámbito. Pero claramente necesitaban satisfacer las expectativas de sus clientes y les resultaba muy difícil sostener una posición conciliadora con personas que confrontaban tanto.

Con todo y mediante las reuniones con cada una de las partes y las audiencias conjuntas se logró conducirlas hacia un cambio de percepción y un lógico cambio de las pretensiones tanto de Miguel como de Carolina. Estábamos muy cerca de llegar a un acuerdo de naturaleza “ganador-ganador”.

Sin embargo, nos dábamos cuenta de que Miguel seguía preocupado. Si bien los términos a los que habían arribado le satisfacían, no estaba seguro de poder convencer de sus bondades a su actual pareja (Estela). Temía que su esposa ni siquiera intentara escuchar sus argumentos.

Le propusimos que trajera a Estela a la mesa de negociación, pero Miguel escogió irse con las manos vacías. Tampoco Carolina estaba tan convencida: ambos preferían perder antes que “ceder”.

Las mediadoras nos quedamos con un sabor amargo. No sólo debimos trabajar intensamente con las partes que parecían inflexibles en sus posiciones, también trabajamos con sus abogados quienes finalmente fueron parte activa de la solución.

Después de tres audiencias intensas debimos cerrar el proceso sin acuerdo y nos fuimos a casa con la certeza de que hubiéramos podido arribar a una solución que satisfaciera los intereses de ambos. Pero algo falló. Nos fuimos repitiéndonos eso de que el mediador no decide ni los actores están obligados a aceptar sus sugerencias como decisiones.

De todos modos, anticipándonos a lo que iba a pasar, les pedimos que ante cualquier cambio de opinión se comunicaran con nosotras.

Pasadas algunas horas, recibimos la llamada de Miguel y su abogado: querían firmar el acuerdo en los términos arribados en mediación. Intrigadas, supusimos que había logrado convencer a su mujer. Pero no. Apareció un tercero inesperado. Un compañero de trabajo de Miguel que había atravesado una situación similar fue quien lo convenció de que el acuerdo les convenía a todos.

Ese testimonio le dio confianza a Miguel, tuvo los efectos de la técnica de “abogado del diablo” y era el ejemplo preciso que ilustraría y serviría como prueba contundente para convencer a su actual mujer de que había arribado a un buen acuerdo.

La mediación, dentro del conjunto de los métodos de resolución de conflictos, tiene como característica la intervención de terceros. Claro que esta definición refiere a los mediadores (terceros imparciales). Sin embargo, hay una cantidad de terceros (interesados) que deben ser considerados. Como se sabe, el conflicto es un proceso esencialmente dinámico, sujeto a transformaciones desde su nacimiento hasta su resolución. Esos otros no sentados en la mesa de mediación pueden tener un rol fundamental en ese dinamismo, ya sea para aumentar el conflicto o contribuir a resolverlo.

Reconocer a esos otros involucrados y traerlos virtualmente a la mesa es un desafío a la vez que una gran herramienta para los mediadores.

(*) Mediadoras

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