viernes 15, noviembre 2024
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Reglamento de Mercados Digitales

¿Cómo mejorar las habilidades digitales en el trabajo?
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Por Matías Altamira * – Exclusivo para Comercio y Justicia

El Reglamento de Mercados Digitales (UE) 2022/1925, aprobado por el Parlamento y el Consejo europeos, pretende regular las grandes plataformas en línea para evitar que abusen de su posición de poder en detrimento de las empresas que deseen acceder a los usuarios. La normativa entró en vigencia de manera parcial el 1/11/2022 y total el 2/5/2023.

Los usuarios profesionales y los usuarios finales de servicios básicos de plataforma prestados por guardianes de acceso deben contar con las garantías normativas contra las prácticas desleales de los guardianes de acceso a fin de facilitar sus actividades comerciales, y eliminar la fragmentación existente o que pueda aparecer en los ámbitos específicos a los que se aplica el presente reglamento.

Los guardianes de acceso son las empresas prestadoras de servicios básicos de plataforma tales como los de intermediación, de comunicaciones interpersonales independientes de la numeración, de computación en nube, motores de búsqueda, redes sociales, plataformas de intercambio de videos, sistemas operativos, navegadores web, asistentes virtuales, entre otros; siempre que: a) tengan una gran influencia en el mercado europeo; b) presten un servicio básico de plataforma que sea una puerta de acceso importante para que los usuarios profesionales lleguen a los usuarios finales, y c) tengan una posición afianzada y duradera, en lo que respecta a sus operaciones, o que sea previsible que alcance dicha posición en un futuro próximo. Estos requisitos se cumplen cuando el volumen de negocios es igual o superior a 7.500 millones de euros en cada uno de los tres últimos ejercicios y tenga al menos 45 millones mensuales de usuarios finales activos y al menos 10.000 usuarios profesionales activos anuales -ambos establecidos o situados en la Unión Europea (UE)-. Las empresas alcanzadas no podrán segmentar, dividir, subdividir, fragmentar o separar servicios a través de medios contractuales, comerciales, técnicos o de otro tipo con el fin de eludir los umbrales cuantitativos establecidos.

Entre las obligaciones de los guardianes de acceso, sorprende que la primera obligación es abstenerse de tratar con fines publicitarios, combinar y cruzar los datos personales de usuarios finales que utilicen servicios de terceros; y abstenerse de aplicar obligaciones que impidan a los usuarios profesionales ofrecer los mismos productos o servicios a usuarios finales mediante servicios de intermediación en línea de terceros o de su propio canal de venta directa en línea a precios o condiciones que sean diferentes de los ofrecidos a través de los servicios de intermediación en línea del guardián de acceso. Luego, exige a éstos que permitan a los usuarios profesionales, de forma gratuita, comunicar y promover ofertas, y celebrar contratos con los usuarios finales, independientemente de si, para este fin, utilizan los servicios básicos de plataforma del guardián de acceso. En sintonía con esta exigencia, se establece que el guardián permitirá a los usuarios finales, a través de sus servicios básicos de plataforma, acceder a contenidos, suscripciones, prestaciones u otros elementos y hacer uso de ellos mediante aplicaciones informáticas de un usuario profesional, también cuando dichos usuarios finales hayan adquirido estos elementos por intermedio del usuario profesional pertinente, sin utilizar los servicios básicos de plataforma del guardián de acceso.

Las multas son sancionadoras del incumplimiento por negligencia o en forma intencionada de hasta 10% de su volumen de negocios total a escala mundial en el ejercicio anterior; y coercitivas diarias que no excedan de 5% del promedio diario del volumen de negocios mundial en el ejercicio anterior. 

El principal objetivo de este nuevo reglamento es desarticular las prácticas desleales de las grandes corporaciones en perjuicio de los profesionales independientes que encuentran como principal canal de difusión de sus servicios estas plataformas, y de los usuarios finales que reciben información previamente procesada y clasificada por estas organizaciones, según sus intereses y criterios, que no necesariamente coinciden con los de los usuarios.

En los últimos diez años, la UE se ha visto obligada a imponer multas sin precedentes contra determinadas prácticas comerciales perjudiciales de los grandes actores del sector digital. La Ley de Mercados Digitales permitirá prohibir directamente estas prácticas y creará un espacio económico más equitativo y competitivo para los nuevos actores y las empresas europeas. “Estas normas son decisivas para estimular y desbloquear los mercados digitales, reforzar la libertad de elección de los consumidores, permitir un mejor reparto del valor en la economía digital e impulsar la innovación”, sostuvo Cédric O., secretario de Estado encargado de Transición Digital de Francia.

Con su plena implementación, se podrá observar la capacidad de la autoridad de aplicación para controlar y perseguir el cumplimiento del contenido de este reglamento para lograr modificar las conductas reprochables, que, si se comprueban esas prácticas, los montos multimillonarios de las sanciones forzarán su adecuación.

* Abogado, especialista en derecho informático

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