
El 27 de febrero de 2025, el Gobierno argentino promulgó el Decreto 143/2025, introduciendo modificaciones significativas en el régimen de gestión colectiva de derechos de autor y conexos. Esta medida busca desmonopolizar la administración de estos derechos, otorgando a los creadores mayor autonomía y fomentando la competencia entre las sociedades de gestión colectiva. La nueva normativa permite a los titulares de derechos optar por gestionar sus derechos de manera individual o asociarse a una o más entidades, eliminando así la obligatoriedad de intermediación exclusiva por parte de una única organización. Este cambio habilita a los autores a negociar directamente con los usuarios de sus obras o a elegir libremente quién los represente, en función de sus intereses particulares.
La autorización para la creación de nuevas sociedades de gestión colectiva rompe con el histórico monopolio de entidades como SADAIC, AADI-CAPIF y SAGAI, promoviendo un entorno más competitivo. En este marco, se espera que las entidades tradicionales se vean obligadas a modernizar sus estructuras internas y a ofrecer mayores beneficios y transparencia a los autores. En cuanto a la determinación de aranceles, el decreto establece que estos deben fijarse conforme a criterios objetivos, transparentes y equitativos, considerando el uso real de las obras y el tipo de actividad de los usuarios. Asimismo, el Ministerio de Justicia podrá intervenir para resolver conflictos sobre aranceles y establecer topes máximos, con el fin de evitar distorsiones o abusos.
Las sociedades de gestión colectiva deberán cumplir con nuevas obligaciones en materia de rendición de cuentas, incluyendo la publicación anual de balances, tarifas, convenios con entidades extranjeras y mecanismos de distribución. También se les exige redistribuir entre sus representados todo monto recaudado que no haya sido repartido en un plazo máximo de cuatro meses. De no hacerlo, se aplicarán sanciones. Estas medidas buscan garantizar una administración más eficiente de los derechos y una distribución justa de las regalías, evitando acumulaciones injustificadas de fondos o prácticas poco claras.
Una excepción relevante dentro del nuevo régimen es la de ARGENTORES, entidad que se rige por la Ley N° 20.115. Aunque mantiene su esquema particular, el decreto le reconoce la facultad de celebrar acuerdos bilaterales entre autor y usuario para la fijación de aranceles, siempre dentro del marco de la legalidad y el respeto por la libertad contractual.
El impacto de estas reformas es amplio y afecta a todos los actores involucrados en el ecosistema de la propiedad intelectual. Para los autores e intérpretes, se abre un nuevo escenario de mayor flexibilidad y autonomía, con la posibilidad de elegir la forma en que administran sus derechos patrimoniales. Para los usuarios de obras protegidas, como radios, canales de televisión, organizadores de eventos o plataformas digitales, las nuevas reglas ofrecen mayor previsibilidad en la fijación de tarifas y reducen los costos derivados de intermediaciones obligatorias. En cuanto a las sociedades de gestión colectiva, estas se enfrentan al desafío de adaptarse a un entorno más competitivo, donde deberán demostrar eficiencia, transparencia y compromiso con los intereses de sus afiliados si desean mantener su relevancia.
La entrada en vigor del decreto ha generado distintas reacciones en el sector cultural. Mientras que el Gobierno defiende la iniciativa como un paso necesario para modernizar el sistema y redistribuir los beneficios de manera más justa, algunas entidades tradicionales expresaron su preocupación por el riesgo de debilitamiento del régimen de protección autoral. En particular, se ha planteado que la desregulación podría favorecer a usuarios poderosos en detrimento de los autores más vulnerables, generando un desequilibrio en la negociación de contratos y en la percepción de regalías.
Más allá de las tensiones iniciales, el Decreto 143/2025 representa un giro importante en la política pública vinculada a la propiedad intelectual. Se trata de una apuesta por la liberalización del sistema y por la descentralización en la gestión de derechos, con el objetivo de dinamizar el sector cultural argentino y de dar lugar a modelos de gestión más acordes con las demandas del siglo XXI. El verdadero impacto de esta reforma sólo podrá evaluarse con el tiempo, a medida que los distintos actores se adapten y que las nuevas entidades comiencen a operar en un escenario renovado. Lo cierto es que el debate está abierto y que el futuro de la gestión colectiva en Argentina dependerá en gran parte del equilibrio que se logre entre libertad y protección de los derechos de los creadores.
(*) Agente de la Propiedad Industrial. (**) Abogada