Algunos puntos relevantes de la denominada Ley de Solidaridad y Reactivación Productiva
Por Hernán Letcher (*)
Actualización de Derechos de Exportación. Esa medida significa el retorno a la situación existente en septiembre de 2018.
En ese entonces se decidió la reposición de las retenciones a instancias del Fondo Monetario Iternacional (FMI) -que observaba la preocupante caída de la recaudación por la recesión- y a pesar de la resistencia de Mauricio Macri.
La medida publicada este sábado 14 en el Boletín Oficial básicamente elimina el tope de derecho de exportación de $4 por dólar exportado que se estableció en aquella oportunidad y queda en vigencia una alícuota de 12%.
Al pasar de valor en pesos fijos a una alícuota, se elimina la reducción progresiva que erosionaba la recaudación, derivada de aquella medida macrista, como resultado de la evolución del tipo de cambio (a más devaluación, menos recaudación fiscal).
En números, la modificación retoma los valores a septiembre de 2018, dado que en ese momento el dólar mayorista promedio ascendía a $38,59; es decir, los $4 representaban 10,5%. La norma actual, entonces, incrementa levemente aquel valor.
No se modifica el tope para los bienes industriales, por lo que la vigencia del tope de $3 por dólar representa un claro beneficio al sector.
En resumen, pagarán 12% los cereales y otras materias primas; pagarán 9% carnes, pesca, arroz, maní, harina de trigo, leche en polvo, lana, legumbres (este rubro apenas incrementa su porcentual dado que hoy paga 6,4% -$4 de un dólar de $63- y pasará a tributar 9%); pagarán 12% con tope en $3 por dólar las hortalizas, frutas, lácteos, productos de las economías regionales y productos industriales en general; pagarán 30% (18% más 12%) la soja y derivados (no figuran en el anexo, por lo que puede haber variaciones); y pagarán 12% con tope en $4 por dólar los servicios.
Estamos hablando de la posibilidad de recaudar unos $180 mil millones adicionales (en valores de 2020, con la proyección de TC del REM BCRA).
Restitución del “dólar turista”. Se aplicará un adicional de 30% sobre el valor de las compras en dólares (pasajes, gastos y consumos en general), pero no se colocan límites cuantitativos a dichos gastos. El objetivo se orienta a que “los que tienen capacidad para viajar al exterior, hagan un aporte por los que menos tienen”. No habría devolución mediante el impuesto a las Ganancias. Esta medida flexibiliza los consumos por turismo, dado que a partir del “cepo hard” no había posibilidades más allá de los US$200 por mes, por persona. La salida de dólares por este rubro significa unos US$500 millones mensuales.
Suba de Bienes Personales. La intención es aumentar la alícuota en cada uno de los tres tramos que hoy tiene ese impuesto. Para el primer tramo pasaría de 0,25% a 0,50%, para el segundo, de 0,50% a 0,75%, y para el tramo más elevado (cuando la ganancia imponible supera 18 millones de pesos) ascendería de 0,75% a 1% o 1,25%.
El Mínimo no Imponible (MNI) se mantendría en $2 millones y la exención de la casa habitación por un valor menor a $18 millones. Por los bienes en el exterior se pagaría más y si se repatriare el dinero habría un reconocimiento y menor impuesto.
En 2019 este tributo habrá aportado aproximadamente $28.200 millones, apenas 55% más que cuatro años atrás, en 2015.
Esto se debe a las modificaciones impulsadas en 2016, el beneficio de la reducción progresiva de la alícuota (luego de la ley de blanqueo de capitales), la exención de pago para los cumplidores y el aumento del MNI.
La estimación realizada por el Centro de Economía Política Argentina (CEPA) del impuesto que se habría recaudado en 2019, si se hubieran mantenido las alícuotas vigentes en 2015, asciende a $89.600 millones.
En 2020 podrá alcanzar unos $125 mil millones. Vale mencionar, asimismo, que 70% de los titulares del impuesto lo integran personas con patrimonio superior a $32 millones (valores a 2020) y que poseen 68% de sus bienes en el exterior. Este segmento de personas alcanzadas por el impuesto se ahorró unos $110 mil millones de pesos entre 2016 y 2019.
Impuesto a las Ganancias: sin cambios
– Contribuciones Patronales. No hubo aún anuncios al respecto. La discusión reside en si se suspende o se retrotrae la aplicación del MNI que alcanzará el año próximo $15.810 por cada trabajador para los empresarios que aplican el beneficio parcialmente, y $26.350 para los que lo aplican al 100%.
– Deuda pública. Se estima una renegociación con acreedores privados con un primer deadline en marzo próximo. Está en discusión el pago de los intereses de deuda, que representan 21% del presupuesto de gastos (en 2019), según estimaciones del CEPA. Ello significa unos $80 mil millones de ahorro por cada punto de intereses en 2020. O sea, una reducción o postergación de 5 puntos implicará para el Fisco el ahorro de $400 mil millones para destinar a otros rubros.
– Jubilaciones y AUH. La Ley de Solidaridad facultará al Poder Ejecutivo a realizar modificaciones de partidas presupuestarias. Se estiman aumentos mediante la modalidad suma fija, pero no por única vez sino que se incorporarán al valor de las jubilaciones más bajas en el transcurso de diciembre 2019. Se suma el anuncio de la retracción del valor de medicamentos, del orden -de 9%.
– Tarifas. No habrá congelamiento. El objetivo son tarifas “pagables” que garanticen inversión energética.(*) Director del CEPA