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Presencialidad: el Poder Judicial se conectó con la realidad

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Por Javier H. Giletta *

Algún día el Poder Judicial tenía que volver a conectarse con la realidad. Ese día finalmente llegó, ya que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió el viernes pasado que la actividad presencial se retomará en el ámbito de los tribunales federales de todo el país a partir de hoy, 1 de septiembre.

Mediante una acordada suscripta por los ministros Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, se decidió convocar a todos los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación a trabajar de manera presencial; incluso, a los de más de 60 años, siempre que hayan recibido al menos una dosis de la vacuna contra el covid-19. Sólo quedarán exceptuadas las embarazadas y aquellos que acrediten padecer enfermedades que los hagan más vulnerables al virus.

Al mismo tiempo, se dispuso que todo el personal judicial que concurra a trabajar a los tribunales deberá adoptar las medidas de prevención, higiene, movilidad y transporte emanadas de las autoridades competentes en el respectivo ámbito.

Según detalló la Corte, a raíz del avance registrado en el proceso de vacunación, “corresponde adoptar las medidas pertinentes a fin de que la prestación del servicio de Justicia pueda efectuarse de un modo más eficiente”.

Vacunación

Con ese objetivo, los supremos advirtieron de la necesidad de contemplar los efectos de la vacunación destinada a generar inmunidad contra el covid-19 para quienes no integran grupos de riesgo.

A su vez, los ministros señalaron que “las funciones y tareas deberán llevarse a cabo siempre en base a la situación epidemiológica de cada jurisdicción y mediante el adecuado resguardo de la salud del personal del Poder Judicial de la Nación, de los profesionales litigantes y de todas aquellas personas que concurran a los tribunales y dependencias que lo integran”.

El Máximo Tribunal de la República también se encargó de destacar que desde un primer momento procuró “asegurar la correcta y más amplia prestación del servicio de Justicia, tanto mediante la habilitación de presentaciones y la promoción del trabajo remoto, como mediante el levantamiento paulatino -a partir del 2 de junio de 2020- de la feria extraordinaria por razones de salud pública” que se había dispuesto en marzo.

Empero, es evidente que “lo correcto” no se identifica necesariamente con “lo eficiente”, y esto ha quedado de manifiesto en la reciente acordada.

Por último, deberá recordarse que a principios de agosto el procurador interino Eduardo Casal ya había dictado una resolución a fin de volver gradualmente a la presencialidad en todas las fiscalías y dependencias del Ministerio Público Fiscal del país; y que a partir del lunes 23, el Estado nacional resolvió volver de manera escalonada a la presencialidad, de modo que la Administración pública nacional retoma -después de casi 18 meses- la atención al público en todas sus oficinas y delegaciones.

La tendencia es clara y consistente, el retorno a la modalidad presencial se impone y confirma día a día, cada vez con mayor fuerza y en la medida en que avanza el proceso de vacunación que, a mi juicio, sin dudas es la política pública más acertada que ha adoptado el Gobierno nacional en el marco de la emergencia sanitaria.

Córdoba

En sintonía con lo anterior, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Provincia, por medio  del acuerdo reglamentario 1712, resolvió que a partir de septiembre todos los agentes judiciales deberán prestar servicio de modo presencial, siempre que hayan recibido el esquema completo de cualquiera de las vacunas, independientemente de su edad y condición de riesgo; o bien, que hayan recibido la primera dosis de cualquiera de las vacunas reconocidas y no posean comorbilidades; en ambos casos, después de transcurridos 14 días de su aplicación (o última aplicación).

Además, se estableció que a partir de la fecha indicada prestarán servicio de modo presencial los agentes que no hayan recibido ninguna de las vacunas autorizadas, salvo que cuenten con prescripción médica en contrario. Para ello, el personal en cuestión deberá expresar su voluntad de acudir de modo presencial en el horario correspondiente, con un test de diagnóstico (PCR) negativo, efectuado -a su cargo- en las últimas 72 horas, que se renovará mientras dure su prestación. De no optar por ello, deberá solicitar licencia sin goce de haberes.

En tanto, los agentes judiciales con dispensa de asistencia presencial la conservarán sólo si “hubieran recibido la primera dosis de las vacunas destinadas a generar inmunidad contra el Covid-19”.

A la hora de consignar los fundamentos, los magistrados superiores puntualizaron que “la prestación del servicio de Justicia debe responder a la exigencia de la Constitución provincial, que en su diseño institucional requiere que el reglamento interno del Poder Judicial responda a los principios de celeridad, eficiencia y descentralización”, que se vieron eclipsados desde marzo del año pasado.

No desconocemos que ésta es una medida que puede generar críticas y polémicas pero tampoco que es una decisión largamente esperada por los justiciables y los auxiliares de la Justicia, que vieron notoriamente limitado y complejizado su trabajo profesional en este lapso.

Hubiese sido lamentable que retornara la presencialidad en el ámbito de la Administración pública (tanto nacional como provincial) y de la Justicia federal, y que la Justicia cordobesa permaneciera inalterable frente a semejante cambio de circunstancias.

Aunque el acuerdo nada dice al respecto, entendemos razonable que a partir del 1 de

septiembre las puertas de los tribunales vuelvan a abrirse, tomando todos los recaudos y medidas de prevención que correspondan, pero dejándose sin efecto el cúmulo de restricciones y el sistema de turnos para ingresar que se mantienen increíblemente vigentes desde junio del año pasado.

Ha llegado la hora de normalizar el servicio de Justicia y de restablecer el imperio de la Constitución y de los códigos de procedimientos, a pesar de la difícil coyuntura que nos toca atravesar. De lo contrario, puede ser más perjudicial el remedio que la propia enfermedad.


(*) Abogado y comunicador social

Comentarios 1

  1. Betsabé says:

    Excelente noticia para el ámbito judicial

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