jueves 19, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

No es “pornografía infantil” sino “imágenes de abuso sexual infantil”

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Por Pablo Lázaro (*)

Se ratificó el pedido de prisión preventiva para el médico Ricardo Russo, pediatra del Hospital Garrahan, acusado por tenencia y distribución de material denominado en distintos medios periodísticos de “pornografía infantil”.
Esta calificación convoca a equivocaciones y quienes trabajamos en estas temáticas debemos aclarar algunas cuestiones, más aún si generan controversia.
La causa, llevada con eficacia por la fiscal Daniela Dupuy y su equipo de investigación, llega al punto en el cual los peritos y otros expertos intentarán demostrar los hechos imputados en las distintas etapas de la tarea. Se debe dejar establecido con claridad que los hechos imputados no pueden ser denominados pornografía infantil porque la pornografía presupone un hecho consensuado entre adultos y, normalmente, actuado o con fines “artísticos”.

Este tipo de material corresponde a “imágenes de abuso sexual infantil” y de esta forma debería ser mencionado en los medios, capacitaciones y causas judiciales, ya que de ninguna manera se trata de una práctica consensuada y es obvio que carece de fines artísticos, y bajo ningún concepto puede permitirse el “atenuante” que intenta imponer el relato de hechos aberrantes como si se tratara de pornografía.
En nuestro país, muchas veces sorprenden las estadísticas de este tipo de delito. Sólo en la ciudad de Buenos Aires, en el Centro de Investigaciones Judiciales (CIJ) se recibe un promedio de trescientas alertas semanales sobre personas que trafican este tipo de imágenes y videos de abuso sexual infantil a través de Internet y por distintos sitios y plataformas.
El National Center for Missing and Exploited Children (NCMEC) de Estados Unidos tiene acuerdos de intercambio de contenidos con diversas plataformas digitales, entre ellas Facebook, Twitter, Google y otras. Recibimos estas alertas por aplicación del convenio específico que suscribió la ciudad de Buenos Aires.
Detectamos el intercambio de este tipo de material por los propios algoritmos implementados por NCMEC y, también, por denuncias de la comunidad de usuarios de las redes sociales.
El CIJ recibe el alerta para el comienzo de una investigación.

Existen, además, otras herramientas que generan avisos a los organismos nacionales de seguridad: el Proyecto Icacoops (Servicios de Protección en Línea de los Crímenes de Internet en contra de la Niñez) emite alertas sobre las redes p2p (“peer to peer”, como es el caso de Emule o Ares, antiguos programas utilizados para la descarga de música o de películas, que siguen en uso para este tipo de delitos y otros) y los sistemas de alerta de Interpol.
En Argentina está penada la tenencia y la distribución de imágenes de abuso sexual infantil. La tenencia fue incorporada al Código Procesal Penal en marzo de 2018, luego de una extensa discusión legislativa. Implica un salto institucional muy importante que permite trabajar en el desmantelamiento de repositorios y redes. Sin embargo, ninguno de los dos delitos -ni la tenencia ni la distribución- son federales sino delitos locales o de justicia ordinaria. Resulta lógico este temperamento ya que normalmente los delitos de abuso deben ser llevados por las policías y justicia de proximidad, salvo que, por ejemplo, se prueben redes de trata de personas.

En el caso particular de estos delitos, combinados con Internet, plantean una problemática adicional cuando se distribuye este tipo de alertas a los distintos distritos y se pierde la noción de una posible relación entre ellas. En esos casos podemos estar ante hechos de tipo federal, como la asociación ilícita con fines de comercialización de imágenes de abuso, y no saberlo.
Para delitos de este estilo en países como Estados Unidos, España e Inglaterra, entre otros, existen los “Centros de Fusión de Información” en los que, previo a la asignación de un caso a una fuerza de seguridad, se realiza un análisis y cruce de información, se lo relaciona con otros episodios y se buscan antecedentes para poder tipificar el encuadre penal de la causa antes de presentarla a la Justicia.
La creación en Argentina de un centro de estas características podría ser un aporte crucial que contribuya con la Justicia para dotar de mayor eficacia al combate contra la tenencia y distribución de imágenes de abuso sexual infantil, un delito aberrante que afecta la dignidad de las personas y deja heridas psicológicas profundas entre sus víctimas.

(*) Director de Investigaciones del Ciberdelito. Secretaría de Seguridad del Ministerio
de Seguridad de la Nación

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