Por Susana Novas *
El nuevo Código Civil y Comercial espera que los adultos se hagan cargo de sus decisiones, en beneficio de sus hijos: ¿es esto posible en una sociedad que espera que el juez le ordene lo que tiene que hacer y no puede consensuar ni negociar los problemas cotidianos?
En mediación muchas veces logramos entendimiento cuando hace poco de la separación de la pareja. Cuando el tema se enquistó en la resolución judicial es difícil llegar a un acuerdo; muy por el contrario, las partes han congelado el duelo de la separación y el pase de facturas viejas continúa cada vez que se encuentran.
En el caso que me sirve de referencia -ambos protagonistas, padre y madre, con carreras profesionales importantes, separados hace 5 años, con el juicio por tenencia, alimentos y visitas comenzado, ahora con tres hijos preadolescentes- el juez pasa el expediente a mediación ya que el papá desea un cambio de régimen convivencial. Los niños tienen otra edad y los domicilios de ambos progenitores están alejados.
La madre no acepta un cambio porque, según ella, el padre nunca cumplió el régimen que le impuso el juez hace 5 años, cuando los niños tenían la mitad de la edad.
Si la crianza fue una prioridad, si ambos padres hasta la separación tuvieron alguna forma de acuerdo, los niños sabían que podían contar con ellos, independientemente de quién llevara adelante en forma personal la tarea. Si esto no funcionó durante la convivencia, es bastante probable que continúe del mismo modo durante la separación.
Si priman el enojo y un comportamiento dependiente de la decisión autorizada de S.S (un otro) que no participó de la crianza, es muy difícil que puedan reconocer a los hijos como individuos con necesidades, ya que la prioridad será la pelea con el ex cónyuge vivenciado como enemigo.
El paradigma judicial se sostiene en un modelo adversarial -uno contra el otro- e implica no asumir decisiones consensuadas y delegarlas en otro que sólo conoce la realidad de la familia por medio de los escritos de los distintos letrados que van acompañando a las partes.
Conforme a la ley 26061, teniendo en cuenta el interés superior del niño, el juez debe recibir a los menores pero sólo los verá un corto tiempo, y luego basándose en las pruebas y la entrevista con ellos determinará quién tiene razón y puede ejercer ciertos derechos y quién no.
Evidentemente, este modelo ganador/perdedor deja de lado un abordaje cooperativo y flexible de los progenitores centrado en las necesidades evolutivas de los hijos, y cuando la mediación intenta que los padres colaboren entre sí en beneficio de los niños es muy difícil correrlos de lugar.
Las palabras claves son entonces flexibilidad y cooperación para lograr acuerdos consensuados con la mirada puesta en los hijos, el elemento convocante que convierte a los padres en socios de una misma empresa.
El contacto regular con los hijos es un estímulo para estar alerta a sus cambiantes necesidades evolutivas. Según la Lic. Luisa Rosenfeld, “el alejamiento estimulará en el padre alejado la evocación del niño que era su hijo cuando la familia convivía, pero el hijo se convertirá en un extraño que no le despertará interés”.
Cuando los padres se reconocen a sí mismos abocados a una tarea común -la crianza- podrán dejar de lado la actitud litigiosa.
La idea es que luego de la separación los niños logren encontrarse con dos centros de vida en los cuales un adulto actúe como jefe del hogar en cada uno de ellos, y los hijos circularán entre ambos.
Es un camino en el cual los padres deben estar de acuerdo en cómo atender las particularidades de los niños en función de su edad, su sexo y sus necesidades evolutivas.
Los hijos van a crecer y sus requerimientos de intimidad, atención, autonomía, diferenciación, las actividades sociales y el dinero que necesitan para sustentar su vida social y educacional, cambiará y demandarán otras contribuciones de parte de los adultos a cargo.
Sólo hombres y mujeres que puedan considerarse como pareja de padres, y no como esposos, conseguirán cooperar para llevar adelante la tarea con eficiencia. Si priman el enojo y un comportamiento querellante y vindicativo, es muy difícil que sepan reconocer a los hijos como individuos con necesidades, ya que la prioridad será la pelea con el ex cónyuge considerado como su adversario.
En estos casos ¿dónde queda el interés superior del niño?