domingo 24, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Laicismo y políticas públicas: legalización del aborto en Argentina

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Por Lucas Gilardone (*)

En un artículo anterior señalaba de qué modo las pulsiones del pensamiento y la acción reformista estuvieron íntimamente inspiradas en una posición militantemente laica; y cómo ese laicismo fue fundacional en la aproximación reformista a una perspectiva de derechos humanos. En síntesis, la Reforma Universitaria y sus protagonistas mantuvieron una sólida confrontación con la iglesia Católica en el plano político y social, particularmente contra las estratagemas de los jesuitas para conservar el poder en la Universidad Nacional de Córdoba.
Pero, además, mantuvieron una fuerte disputa por los sentidos de interpretación de la vida, los procesos sociales y el derecho, entendiendo que la pretensión monástica de someter la vida de todas las personas a sus preceptos religiosos erosionaba el derecho de quienes no adherían a dichos preceptos de vivir su vida de manera autónoma. Y mencionamos cómo esa disputa resultó aguda y visible cada vez que el Estado avanzó con una estructuración laica de los aspectos de la vida civil que habían estado bajo el control de la Iglesia.

Hoy abordaremos desde una perspectiva laica el debate por el proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) que, con media sanción por los representantes del pueblo, se encuentra sometido a debate por los representantes de las Provincias Unidas. Vamos a puntualizar de qué manera la Iglesia va desmontando los ropajes seculares con los que inicialmente disfrazó su postura hostil relativa al proyecto, y cómo se consolidan los discursos que procuran nuevamente el sometimiento de los ciudadanos al poder eclesiástico.
Comenzamos por el proyecto del senador Guillermo Pereyra, de Neuquén, que propone un sistema de adopción sumarísimo para los casos de embarazo no deseado (1). Hace gala de una lamentabilísima técnica legislativa, detalla supuestos particulares ya comprendidos en el supuesto general, abunda en redundancias y se ampara en la afirmación de que “la vida es un don de Dios, que por su carácter sagrado, debe ser respetada”.
El proyecto obliga a niñas menores de 13 años, mujeres víctimas de violación, mujeres con embarazos no deseados, a llevar un embarazo a término.

La prosa tortuosa del legislador omite considerar siquiera la existencia de una colisión entre diversos derechos que ameritan un balance razonable, necesariamente imperfecto. Ello luce irrelevante, puesto que la ordenación bajo la razón divina sería suficiente para atribuir derechos y obligaciones conforme los preceptos religiosos del senador. La redacción deficiente, confusa, con tanto desprecio por la sintaxis como por la lógica argumental, nos impide ubicar la pertinencia de las cifras que arroja sin citas ni orden.
El proyecto del senador Pinedo, de la Ciudad de Buenos Aires, es más cauto y prolijo pero abre un rol “gerenciador” de las mujeres embarazadas, y muestra el mismo desprecio por su autonomía (2). Por un lado, establece que el Estado se hará cargo “por sí o por el intermedio de terceros”, del mantenimiento de las mujeres embarazadas que decidan no asumir la crianza y patria potestad de sus hijos, restaurando un rol de gerente que la iglesia Católica ya ha ejercido intensivamente durante el Terrorismo de Estado como engranaje fundamental del crimen de lesa humanidad de apropiación de bebés (3). Por otro lado, termina concluyendo: “Cuando el padre biológico del niño por nacer de una beneficiaria expresare por vía administrativa o judicial, antes de que el niño nazca, su voluntad de reconocerlo como su hijo, su decisión desplazará las decisiones de adopción anticipada que la mujer hubiese tomado. En este caso, determinada la paternidad, el niño se inscribirá como hijo del padre biológico, sin consignarse su madre”.

Las presiones de la Iglesia exceden el ejercicio razonable del derecho de expresarse y peticionar a las autoridades. La estrategia de enviar el proyecto aprobado en Diputados a cuatro comisiones del Senado, incluyendo innecesariamente la de Presupuesto, ha sido elaborada en una reunión mantenida en el Episcopado por los senadores Esteban Bullrich, Guillermo Snopek y Silvia Elías de Pérez con el cardenal Mario Poli y el obispo Oscar Ojea. Esta información no ha sido negada por ninguna de las partes asistentes, por lo que puede tomarse por válida. Bullrich, recordemos, preside la Comisión de Presupuesto.
Ya la vicepresidenta Gabriela Michetti había fracturado el principio de neutralidad mantenido por el presidente de la Cámara de Diputados, sin articular un solo argumento que sostuviera decorosamente su posición ni explicar siquiera qué justificaba abusar de su posición institucional para manipular el debate.
No es aceptable su excusa de que decidió “militar” la campaña por la clandestinidad porque algunos diputados se habían sacado una foto con el pañuelo verde: no sólo porque ello obedece a las acciones adoptadas en otra cámara sino también porque otros diputados ya habían hecho lo mismo pero con el pañuelo celeste. El argumento infantil de la represalia es inverosímil aun para una persona con las limitaciones de la vicepresidenta: hubo de su parte una decisión que implicó poner a la Argentina como rehén de un grupo religioso.
El tedeum tradicional del 9 de Julio también fue escenario de una imposición a las autoridades civiles, al exigir el veto de la ley si ésta es aprobada por el Congreso. Todo ello ocurriendo en una provincia que es tercera en el ranking de mortalidad infantil de Argentina, cuyo gobernador fue anteriormente ministro de Salud de la Nación, cuestiones que no merecieron comentario alguno de la misma Iglesia.

No deja de ser sintomático que el motivo del tedeum debió ser la celebración de la Independencia -a la cual también se opuso la Iglesia con robusta persistencia-. Más grave fue la sobreactuada sumisión del jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, quien utilizó la misma fecha para consagrar “…su gestión y la ciudad de Buenos Aires al cuidado del Sagrado Corazón de Jesús, (…) bajo la protección del Inmaculado Corazón de la Virgen, su Madre, cuyo nombre lleva esta Ciudad”.
Ello debe leerse en el marco de la violencia desatada contra mujeres que usan el pañuelo verde de quienes defienden la ley, también extensamente cubierta.
El entramado de abusos se completa con la imposición de las ideas clericales a niños y niñas de una escuela confesional de Santiago del Estero sostenida por aportes públicos, obligados a desfilar con paso marcial y pañuelo celeste. Dicha escuela pertenece al Instituto del Verbo Encarnado, cuyo actual director impugna por “…tiránico y por lo tanto ilegítimo cualquier gobierno, sea cual fuere su origen, en cuanto se impugne el orden natural mediante leyes, actos o sentencias…” (4).
Es imposible hacer más explícita la voluntad de someter el gobierno civil -y la sociedad toda- al dictado religioso.
No se dimensiona la gravedad extrema de someter a un grupo confesional las definiciones estratégicas que debe adoptar el Estado en torno a un tema de políticas públicas. Implica someter a toda la población, creyente o no, perteneciente a la religión católica o a otras, o a ninguna, a los preceptos particulares de un grupo religioso.

Ello da por tierra con el principio de libertad de cultos que formó parte raigal de nuestro orden constitucional desde 1853 en adelante, y subvierte el principio representativo democrático porque los senadores dejan de representar sus provincias para representar los intereses sectoriales de un grupo religioso que jamás podría -en el marco de la Constitución que vulneraron- darles un mandato para operar en el Congreso de la Nación.

(*) Abogado, UNC (2002). Master of Law in Human Rights, Central European University, Budapest, Hungría (2008). Coordinador de Áreas de Derechos Humanos, Secretaría de Extensión Universitaria, Universidad Nacional de Córdoba.

(1) http://www.senado.gov.ar/parlamentario/comisiones/verExp/2001.18/S/PL.
(2) http://www.maternidadvulnerable.com.ar/proyectos-ley/expte-s-1825-18-pinedo-y-boyadjian/.
(3) Ver, entre otros: Exp. 9201/99, caratulado: “N. N. Movimiento Familiar Cristiano s/ supresión de identidad”, del registro del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 2, Secretaría N° 3. Comentario en: http://memoria.telam.com.ar/noticia/detienen-a-miembro-del-movimiento-familiar-cristiano_n2593.
(4) http://www.votocatolico.co/2013/11/cristo-tiene-alma-de-rey-por-ricardo.html

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