domingo 22, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

La decisión

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Por Susana Novas  (Abogada mediadora)  – Susana Maggi ( Psicóloga mediadora- Asociación de Mediadores de la Provincia de Córdoba)

Sentado con los brazos cruzados, el Sr. JC apenas si saludó. La Sra. AC, acompañada por su letrada, nos dijo con temor “que venia acá porque se quería separar de su marido”

Comenzamos a realizar las preguntas para conocer la historia de vida de esta pareja, en la que, luego de 20 años de casados y siendo padres de dos hijos -uno mayor de edad y la menor, una adolescente de quince años-, ella toma la decisión de no seguir con el matrimonio, medida que su marido no entiende ni comparte.

Las mediadoras les informamos los limites de la mediación, que el divorcio vincular se tramita ante un juez y que sólo les podíamos ayudar a realizar -en conjunto con sus abogados patrocinantes- una separación personal. Y que serían ellos mismos quienes tomarían las decisiones que consideraran apropiadas como para que esta situación no afectara a los hijos en la medida de lo posible.

La situación de este matrimonio estaba en un quietismo de desesperación, uno negando la realidad y el otro exagerando y poniendo el acento en todo lo negativo; ambos buscaban en este procedimiento recuperar la capacidad y la alegría de vivir.

Según Borda: “Los fines normales del matrimonio son la satisfacción del amor, la mutua compañía y asistencia, la procreación y educación de los hijos.”

Sin embargo, por qué y para qué se casan las personas obedece a imperativos interiores, a pautas sociales, siendo la finalidad mutante, según el entorno cultural de cada comunidad.

Desde siempre existe una representación idealizada del matrimonio de que es una unión para toda la vida. Quizá por ese motivo muchas parejas no están preparadas para enfrentar las frustraciones y decepciones que conlleva la convivencia.

Aunque hoy no se vincula necesariamente con las posibilidades de subsistencia material ni con la procreación, en el caso narrado nos encontramos con que luego de 20 años de trabajar en un mercadito que ambos atendían, ninguno de los dos individualmente tiene la independencia económica necesaria como para enfrentar su subsistencia.

Los mediadores ponemos el acento en que cada integrante es responsable de lo que ha sucedido, recayendo sobre ellos la responsabilidad de su situación existencial. La elección que deben hacer sobrepasa la decisión individual; al elegir, eligen en parte algo de la situación del otro integrante de la pareja, por lo que la responsabilidad es mucho mayor, ya que compromete el entorno familiar.

Todos los que toman grandes decisiones pasan por un estado de angustia; las expectativas desaparecen y la esperanza es vacía. La elección de tomar una dirección y dejar de lado otras alternativas -tener que abandonar la casa, los amigos en común, etcétera-, está acompañada de angustia.

Hacerles ver a las partes que la solución está dentro de ellos no es tarea fácil; deben empezar a pensar en un futuro incierto pero positivo y realista. Las vicisitudes vitales como crecimiento personal desparejo, la mutación de los objetivos individuales, pueden fortalecer la relación o debilitarla determinando el fin de la pareja en los hechos y del matrimonio en el derecho.

Las graves desavenencias o continuos desacuerdos, aun por pequeñeces, tornan la comunidad vital en una fantasía (o en una pesadilla) y definen la ruptura. El quiebre ocurrirá por el siempre misterioso fin del amor, cuyas causas son tan inasibles como las de su inicio. La reconciliación con relación al matrimonio deteriorado, luego de tantos años, es excepcional; el acuerdo puede relacionarse con los hijos y los bienes, siendo la presencia personal un principio “útil” en los casos de familia.

Una separación oportuna y “madurada” permite vivir mejor; es más sano afrontar el fin de la relación conyugal y mantener indemne la relación de la pareja parental. La familia subsiste y se ha pasado de la “familia tipo” a diferentes “tipos de familia”.
C
on el proceso de mediación tratamos de evitar que los rencores y violencias continúen. Es un principio rector a lo largo del procedimiento el respetar siempre la decisión de las partes, tutelando la “autonomía de la voluntad” con respecto a dar fin al matrimonio y a los acuerdos personales y patrimoniales. El divorcio puede, entonces, considerarse una “solución”.

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