Por Federico Blasco (*)
En el fallo “Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Alpha Shipping SA c/Provincia de Tierra del Fuego e Islas del Atlántico Sur s/ contencioso administrativo – medida cautelar” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) del 7/3/2023, se resolvió -con disidencia del juez Rosatti- que la acción para aplicar multas tributarias debe regularse por el Código Penal (CP, art. 65, inc. 4) y no por el código fiscal local en materia de prescripción con los alcances que seguidamente mencionaremos.
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