Cuando llegué al Centro Judicial de Mediación y quise subir al ascensor, la puerta me golpeó. Al dirigirme a la barandilla del segundo piso para retirar el expediente, una pareja jovencita se me aproximó y dijo que quería hablar conmigo. Yo pensé: estos dos ya se arreglaron, tan juntitos se los veía. Por Susana Novas (*) – Exclusivo para Comercio y Justicia
El expediente que me entregaron no era el que me correspondía, aunque coincidían los apellidos. Al hojearlo, veo que ya estaba comenzado y había tenido audiencia con otras mediadoras.
Voy de nuevo a barandilla y pido por el número de legajo; luego de una intensa búsqueda aparece mi expediente, con una sola hoja, sin documental, sin cédulas y sin copia de la radiografía (así le decimos los mediadores al resumen del caso).
La pareja me persigue y le digo que me aguarde en la sala de espera del tercer piso.
En barandilla me asignan una sala. Antes de subir se me acerca otra mujer, rubia platinada, tatuada y me dice que es parte. Le indico que suba también a la recepción del tercero, que luego de buscar la documental, cédulas y papelería voy a atenderla.
El lugar asignado estaba ocupado con otra causa, así que vuelvo a bajar al segundo piso (barandilla) para avisar que cambio de sala. Antes de que logre llegar a mi destino aparece la parejita nuevamente y me entero de que ella es una de las partes y el joven es el actual novio, quien quiere hacerme unas preguntas.
Decido escucharlo en privada. El del joven de los arrumacos es un caso distinto: él ya tenía un acuerdo por sus hijas pero la madre de ellas lo había denunciado, tenía una restricción de acercamiento y no sabía cómo hacer para que se cumpliera el acuerdo. Le informo a dónde debe recurrir y hago pasar a la parte que me tocaba en esa mediación, la joven que estaba con él.
Ella se despide amorosa y efusivamente del novio, delante de la rubia platinada -que luego me entero es la ex suegra- y del padre de su hija, que se encuentra esperando con la rubia (su madre) y con su actual novia.
Hago pasar a esta ex pareja, los dos jóvenes, Sandra y Atilio, quienes por su actitud parecían llevarse bien. Ellos cuentan su historia: convivían desde los 15 años de ella y 18 de él, durante siete años; tuvieron una hija (Juana) actualmente de 8 años, y desde hace dos están separados.
Ante la pregunta sobre cómo se han puesto de acuerdo en este tiempo, nos comentan que Juana pasó un tiempo con su mamá, y ante algunas dificultades laborales y/o económicas de ella, durante diez meses se quedó con Atilio, su padre. Ahora la niña está de nuevo con su mamá.
Los domicilios son cercanos, residen a un par de cuadras. El papá requirente solicita la tenencia de la menor porque ya la tuvo luego de la separación, instigado por su madre (la rubia tatuada, abuela paterna), y aduce además que Sandra, la mamá de Juana, no la lleva al colegio por quedarse dormida.
Atilio trabaja como albañil, así que sólo puede estar con la niña después de las 18 hs, que es cuando ella sale del colegio. En un primer momento parecía que ambos estaban de acuerdo en hacer lo mejor para Juana. Teniendo en cuenta que Atilio trabajaba varias horas, barajamos la posibilidad de que la niña pasara por lo menos tres días -luego de su horario escolar y del laboral del papá- con su padre, y también fines de semana, ya que Sandra no se oponía al contacto… “casi una tenencia compartida”. Debo destacar que, dada la situación, el papá pasaba una manutención irregular y exigua.
A medida que la mediación se desarrollaba, el pase de facturas entre Sandra y Atilio aumentaba. Según relatos, ella se “agarró de los pelos” con la actual novia de él y ésta la cortó con un cuchillo; Sandra también irrumpió en la casa de la nueva novia, rompió vidrios y algo no demasiado claro le ocurrió a una moto, de la que ahora este varón debe hacerse cargo y pagar por los destrozos.
Sandra no acepta que Juana vaya a vivir con el papá. Atilio no acepta que Juana siga viviendo con la mamá y no puede o no quiere pasarle la cuota alimentaria.
Ante esa postura, luego de un par de horas trabajando y percibiendo que no era la voluntad de los progenitores aportar una solución consensuada, ya que a medida que íbamos trabajando las posturas eran más rígidas, las mediadoras deciden cerrar la mediación y darles el certificado de etapa prejudicial cumplida.
Con este documento cualquiera de ellos puede iniciar la demanda judicial, ya que ninguno de los dos puede asumir una decisión negociada: la postura del papá es inflexible, ya que su madre (la rubia tatuada) lo adoctrina en sus derechos cada vez que él se queda en la sala de espera con ella, cuando hacemos una privada con Sandra.
Al salir, se me acerca la abuela -rubia platinada y tatuada- y amenazándome con el dedo me dice: “Si algo le pasa a mi nieta va a ser culpa suya”.
¡¡Socorro!!
(*) Abogada, mediadora