Hace diez años, en coautoría con María Daniela González, publicamos un trabajo cuyo título era una pregunta: “¿Cuál es el límite para definir a un sujeto de derecho?”. En él expresábamos: “Quién es sujeto de derecho ha sido una de las cuestiones generales más discutidas y problemáticas del Derecho”. Agregábamos que no fue sino hasta hace relativamente poco tiempo, a partir del siglo XIX, que se identificó al sujeto de derecho con la persona humana, por vía de la abolición de la esclavitud.
Conforme el excelente trabajo de Alejandro Guzmán Brito, “Los orígenes de la noción de sujeto de derecho”, publicado en la Revista de Estudios Histórico-jurídicos Nº 24, de 2002, en sentido estricto parece corresponder al filósofo y teólogo alemán Konrad Summenhart en la segunda mitad del siglo XV, que conecta por primera vez el “subiectum” con “ius”, al comentar la definición de este último concepto que había ofrecido el teólogo francés Jean de Gerson.
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