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Extraña interpretación de fin de mandato presidencial

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Para siempre será de responsabilidad compartida el cambio de ciclo del poder presidencial en Argentina. La ex, Cristina Fernández, y el actual, Mauricio Macri, consintieron un fin de mandato inédito: ahora el ciclo de poder finiquita muchas horas antes del acceso del entrante.

La disputa por la entrega o recepción, de acuerdo al lugar desde que se mire, de los atributos de mando del Presidente de la Nación, bastón presidencial y banda, reunieron a Fernández y a Macri en la solución que la Justicia brindó, aceptándola sin mayores discusiones.

Aquí primó sin dudas la irreconciabilidad política, pero pronto la Justicia se las ingenió, zanjándola con una interpretación insólita. Desde ahora, el fin de mandato de un presidente en Argentina no se cuenta por año calendario, como lo prescribe la Carta Magna, sino por horas, de acuerdo con los plazos del Código Civil, a pesar de que nuestra constitución nacional fue redactada y sancionada en al año 1853 cuando tal código no existía.

Vías de interpretación
Los jueces pueden utilizar varios métodos de interpretación de las normas; Constitución, leyes, decretos, etcétera. La primera es la literal, la que surge de lo escrito si la norma materia de examen no presenta problemas de esa naturaleza.

Una presidente no puede dejar el poder sin la ocurrencia en síntesis de dos razones: la primera por delegación en la persona que resulte en la línea sucesoria, en el caso del vice; la segunda por impedimento o incapacidad de algún tipo en el ejercicio del mando, en el caso también sucede al vice por vía línea sucesoria y así para abajo.

Al jurar en su cargo, la expresidente lo hizo en virtud art. 93 CN, el cual reza: “Al tomar posesión de su cargo, el presidente y vicepresidentes prestarán juramento en manos del presidente del Senado y ante el Congreso reunido en Asamblea, respetando sus creencias religiosas”, de “desempeñar con lealtad y patriotismo el cargo de presidente (o vicepresidente) de la Nación y observar y hacer observar fielmente la Constitución de la Nación Argentina».

A su vez, el art 91 CN prescribe que “el presidente de la Nación cesa en el poder el mismo día en que expira su período de cuatro años; sin que evento alguno que lo haya interrumpido, pueda ser motivo de que se le complete más tarde”, dato que conviene ser resaltado.

Sin embargo, el último período de Cristina Fernández fue expirado 12 horas antes, tiempo necesario para evitar que ambos se crucen, que no se vean. Y así incumplieron el rito que manda el Reglamento de Ceremonial de la Presidencia, publicado en los años 60, con fuerza legal de acuerdo con la prelación de las leyes.

El art 31 CN ordena: “Esta Constitución, las leyes de la Nación que en su consecuencia se dicten por el Congreso y los tratados con las potencias extranjeras son la ley suprema de la Nación; y las autoridades de cada provincia están obligadas a conformarse a ellas, no obstante cualquier disposición en contrario que contengan las leyes o constituciones provinciales, salvo para la provincia de Buenos Aires, los tratados ratificados después del Pacto de 11 de noviembre de 1859”.

El Reglamento indica que la ceremonia de traspaso de mando –léase entrega de atributos del poder; banda y bastón- será en el Salón Blanco de la Casa Rosada. Después, el rito de salida de la ex por puerta lateral y ocupación del edificio por parte del actual, que previamente había jurado el cargo ante la Asamblea Legislativa en el Congreso.

De Alfonsín hasta de la Rúa, la entrega de atributos y jura se hicieron en dos lugares diferentes. Néstor Kirchner fue el primero en recibir la banda y el bastón de mando y jurar en el Congreso y luego Fernández.

Reynaldo Bignone -de facto-, le entregó la banda presidencial a Raúl Alfonsín en la Casa Rosada, el 10 de diciembre de 1983. Casi seis años más tarde, el 8 de julio de 1989, Alfonsín le entregó los atributos de mando Carlos Saúl Menem también en la Casa de Gobierno. El 10 de diciembre de 1999, tras dos períodos como presidente, Menem le entregó la banda presidencial en Casa Rosada a Fernando de la Rúa. De manos del presidente Eduardo Duhalde, el 25 de mayo de 2003 Néstor Kirchner pidió que le entregaran la banda y hacer la jura en un mismo lugar: el Congreso de la Nación. Cristina Fernández recibió de Néstor Kirchner la banda y los atributos de mando en el Congreso, el 10 de diciembre de 2007 y cuatro años más tarde, el 10 de diciembre de 2011, fue Florencia Kirchner quien le colocó la banda presidencial para su segundo mandato.

Hasta allí vemos que la entrega del mando ha sido tradicionalmente en la Casa Rosada y excepcionalmente en el Congreso.

Nunca en las historia
Lo que nunca ocurrió desde Bernardino Rivadavía, fue que el ex cesara 12 horas antes en el poder (salvo irrupciones). Es más, el día de entrega todos suscribieron decretos, resoluciones, disposiciones nunca cuestionadas por el sucesor.

El poder presidencial se inicia el 10 de diciembre y expira el 10 de diciembre a los cuatro años. La parte tomada del último día (casi siempre medio día) se compensaba con el otro medio día que insumía al próximo, y así el saliente cumplía sus cuatro años y el entrante los suyos. Pues a partir de Fernández y Macri nunca más será así. Otra vez la Justicia acomodó lo que la política debía decidir. Mal comienzo de Justicia independiente.

*Abogado penalista (UNC). Master en Criminología (U. Barcelona).

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