En el ultraconservador reino de Arabia Saudita finalmente se equipararon a los varones en la práctica del Derecho.
Por Luis R. Carranza Torres
El 6 de octubre de 2013, el reino de Arabia Saudita, por primera vez en su historia, otorgó la matrícula para el ejercicio de la abogacía a cuatro mujeres licenciadas en leyes.
Cabe destacar que, si bien anteriormente las mujeres podían ser estudiantes de derecho en las universidades del reino y asesorar legalmente al graduarse, les estaba vedado actuar en juicio.
Recordemos que el sistema saudí tiene esa diferenciación en la profesión entre quienes pueden asesoran y quienes llevan casos en los tribunales, tal como el sistema inglés clásico.
El plan inicial del Ministerio de Justicia era el de otorgarles una matrícula limitada para el fuero de Familia, pero finalmente se les otorgó la misma que obtienen desde siempre sus colegas varones.
El rey Abdullah bin Abdelaziz al-Saud no fue extraño a ello y propició el otorgamiento de la matrícula sin restricciones. Nacido en Riad en 1924, es el soberano de mayor edad reinante en el mundo, aunque haya ascendido a su trono en fecha relativamente reciente: 2005. Como fuere, ha demostrado un aggiornamiento a los tiempos y una amplitud de criterio que no siempre se encuentran en esa región del planeta. O en cualquier otra, en materia de políticos.
Ahora una de esas nóveles abogadas, Bayan Alzahran, se ha convertido en la primera mujer en tener su propio estudio jurídico. Ha comenzado trabajando en torno a la violencia doméstica, para posteriormente especializarse en cuestiones penales. Desde ya, Alzahran anticipa que no va a limitarse a casos que involucren cuestiones de género sino que atenderá los casos que se le presenten. “El sistema jurídico de Arabia Saudita trata a hombres y mujeres por igual y un abogado tiene el derecho de representar a ambos”, dijo en sus primeras declaraciones desde su estudio propio.
Una vez más, la distancia entre lo que dicen los papeles y lo que pasa en la realidad puede ser abismal. El reino saudí, una de las 20 economías más poderosas del mundo, con sus poco más de 2 millones de kilómetros cuadrados de superficie y una población de más de 29 millones de habitantes (en 2012), ha sido un país con grandes restricciones a la posibilidad de actividad pública de la mujer. Desde ejercer la abogacía, ser funcionarias públicas e, incluso, poder conducir un auto. Sin embargo, las 20 primeras fortunas del país se hallan mayoritariamente en manos de mujeres. Una sociedad de contrastes que no es apta para simplificaciones en cuanto a la posición de la mujer. Generalmente, desde Occidente percibimos más las restricciones en la vida pública que su influencia puertas adentro de los hogares más poderosos.
¿Y por casa cómo andamos?
Córdoba tiene su carrera de Derecho desde 1791, año en que se fundó la Cátedra de Instituta, pero la primera mujer en recibirse de abogada fue recién en 1929, casi dos décadas después que en Buenos Aires. Si nos sirve de consuelo, los Colegios de Abogados de Castellón y Alicante, en la madre patria España, no inscribirían a una mujer hasta 1949 y 1956, respectivamente.
Tampoco fue en un país árabe, sino en la culta Francia, donde la primera mujer que pretendió matricularse de abogada tuvo que llegar a un juicio para ser autorizada, litigio en el cual el fiscal de la república se pronunció por la negativa, entendiendo que “sería un desastre para la institución”, que abriría la puerta a que las abogadas “dieran a luz en una audiencia de juicio”.
Para zanjar la cuestión se necesitó nada menos que una ley, “autorizando a la mujer el ejercicio de la profesión de abogado”, que se dictó en diciembre de 1900.
Cuando en La Plata, en 1910, María Angélica Barreda pidió ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires la matrícula para ejercer, pese a ser egresada de la Universidad Nacional de dicha ciudad, el procurador General, Manuel Escobar, entendió que debía negársele en virtud de que en la experiencia histórica se había demostrado “que la privilegiada facultad conferida a la mujer de abogar en juicio comportaba grave daño en juicios y a la sociedad”. Y terminaba diciendo que permitir a una mujer ser abogada importaba “echar por tierra todos los principios legales consagrados por el Estado Argentino y la organización actual de la familia, en la cual tiene asignada la mujer la función más noble y trascendental”. Es decir, quedarse en casa a tener hijos.
Por eso, no dejemos que el velo en uso en Medio Oriente nos releve de pensar nuestra propia realidad.
Obviamente, estamos mucho mejor que los saudíes. Pero no tan lejos. Hay barreras invisibles que todavía persisten. Y si bien es cierto que algunas pocas “vivillas” se agarran de la cuestión del género traer agua para su propio molino, victimizándose por -casi- cualquier cosa, sin razón pero con todo interés espurio, no lo es menos que una inmensa mayoría de las colegas, de uno u otro lado de la barandilla de tribunales, alguna vez se ha encontrado con tales barreras y sufrido dichas injusticias.