viernes 13, diciembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

¿Es importante la participación del Abogado del Niño?

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Por María Alejandra Castillo (*)

La figura del abogado del niño en la Provincia de Córdoba se encuentra regulada por la Ley N° 10.636, que establece la creación de esta figura para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes (NNA).
Según la Ley, “Artículo 1º.- Creación. Ámbito de actuación. Créase, en el ámbito de la Provincia de Córdoba, la figura del “Abogado del Niño”, quien actuará representando legalmente los intereses personales e individuales de las niñas, niños y adolescentes en cualquier procedimiento administrativo o judicial en materia civil, de familia, laboral o en el fuero de niñez, adolescencia, violencia familiar y de género, que lo afectare, o penal cuando la niña, niño o adolescente hubiere sido víctima directa o indirecta de un delito, sin perjuicio de la representación complementaria que ejerce el Asesor de Niñez y Juventud”.
Además, la Ley establece que el abogado del niño debe ser un profesional especializado con experiencia y capacitación en derecho de la niñez y la adolescencia, y que debe actuar de acuerdo con el principio del Interés Superior del Niño.
En el contexto de la mediación, el rol del abogado del NNA es fundamental para garantizar que los derechos e intereses del menor sean escuchados y respetados, incluso aplicando lo que poco a poco se está incorporando: lo que se llamaría “medir el impacto psicológico a corto, mediano y largo plazo de un proceso Judicial o de Mediación en una persona humana, más aún de un NNA”. Este abogado especializado actúa como una voz representativa del NNA en las disputas familiares o legales, y su participación se enfoca en una perspectiva de derechos humanos, enmarcada en la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual establece el derecho del menor a ser escuchado en todos los asuntos que lo afecten y que en Mediación actual es de escasa frecuencia.

Rol del Abogado del NNA en mediación es:

  1. Protección de los Derechos del NNA: en todo momento durante el proceso de mediación, asegurando que las decisiones y acuerdos a los que se llegue sean en su beneficio. Este rol incluye la defensa de sus derechos de educación, salud, integridad y bienestar emocional y recreación.
  2. Voz y Participación del NNA: En mediación, es esencial que el NNA tenga un espacio seguro para expresar sus deseos, preocupaciones y perspectivas sobre la situación en conflicto. El abogado del NNA facilita este proceso, asegurándose de que su voz sea tenida en cuenta, aunque la decisión final quede en manos de los padres o tutores.
  3. Facilitador de Diálogo: Trabaja junto al mediador para propiciar un entorno de diálogo en el que los adultos involucrados (padres o tutores) puedan escuchar y comprender su perspectiva, preferencias, gustos, etc. Esta interacción ayuda a que las partes adultas adopten acuerdos que consideren el bienestar del NNA, priorizando sus intereses.
  4. Definición de Estrategias: En ocasiones, puede recomendar ciertas estrategias al mediador para proteger los intereses del menor, como utilizar técnicas adecuadas a la edad o nivel de desarrollo del NNA. Por ejemplo, puede sugerir métodos como la narración de historias o el juego simbólico.
  5. Asesoramiento en las Propuestas de Acuerdo: Evalúa las propuestas de acuerdo asesorando al mediador y a las partes sobre cómo los acuerdos pueden afectar al menor a corto, mediano y largo plazo.

Enfoque Ético y Profesional

El abogado del NNA debe actuar bajo un fuerte código ético, en el cual no sólo se prioriza la protección de los derechos del menor, sino también su confidencialidad y bienestar integral. En situaciones sensibles, el abogado debe garantizar que el menor no sea revictimizado ni puesto en situaciones que generen estrés adicional traumatizante y en algunos casos irreversible.
Es importante destacar que la figura del abogado del niño es fundamental para garantizar los derechos de los NNA en la provincia de Córdoba, y que su implementación es un paso importante hacia la protección y promoción de sus derechos.
El Abogado del NNA como pilar en la mediación familiar
En casos familiares, el abogado del NNA se convierte en un pilar fundamental para el proceso de mediación, porque ayuda a construir un puente de entendimiento y respeto hacia el menor. Su participación es clave para que el proceso no sólo sea equitativo, sino también consciente del impacto que cada decisión tendrá en el NNA a lo largo de su desarrollo.
Queda mucha “tela por cortar” preguntas por responder y leyes por reglamentar, y esta ley debe ser la prioridad dentro de las reglamentaciones, por su importancia e implicancia social, elaborando una construcción más sabia y justa, rompiendo el paradigma del adulto-centrismo en los métodos de resolución de conflictos autocompositivos y heterocompositivos. Así, deja paso en este escenario de la justicia al Bien Jurídico Superior que es el NNA. De esta manera, todo tendría que girar alrededor del nuevo paradigma NNA-CENTRISMO, dentro del cual el NNA sea escuchado y acompañado por su abogado a las mediaciones, porque el conflicto lo implica directamente. Son los protagonistas principales y la nueva generación.
Reflexión final: construyamos el futuro de nuestra sociedad con los nuevos desafíos y paradigmas aplicando los nuevos valores.
“La corona del anciano son sus nietos; el orgullo de los hijos son sus padres.” Prov.17:6.

(*) Abogada y Mediadora.

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