lunes 18, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Derecho a la identidad vs. Responsabilidad parental

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Por Susana Novas / Mediadora

La  presente mediación fue solicitada por la madre de los menores debido a la falta de apoyo económico del padre de sus hijos, aún no reconocidos.

A la primera reunión comparece la requirente, Ana, una joven de 22 años, madre de dos menores: un varón de tres años y una nena de dos. Solicita del requerido manutención para sus hijos, hasta ese momento legalmente anotados como suyos, con su apellido.

El requerido, Juan, casado y con una familia propia, reconoce verbalmente al varón y tiene sus dudas con respecto de la nena. Dentro del proceso de mediación se acuerda que ambos padres irán al Registro Civil para efectuar las anotaciones pertinentes, luego de lo cual regresarán para continuar con el procedimiento y establecer un régimen de visitas y una cuota alimentaria.

Lamentablemente, a pesar de su buena intención, Juan no puede reconocer su hijo por no poseer el Documento Nacional de Identidad. Lo ha perdido y el Registro Civil demora su entrega; con la tirilla no le aceptan realizarlo. Respecto de la nena, continúa manifestando que no tiene certeza de que sea suya.

Durante las reuniones de mediación, Juan recibe de su esposa continuamente mensajes de texto en su celular.

Los mediadores, ante la imposibilidad de acreditar identidad y la ausencia de vínculo desde el punto de vista legal (no hay partidas que lo designen como padre) sugieren que, con respecto a la niña, realicen un ADN que acuerdan pagar ambos progenitores.

La nueva Ley de Registro de Estado Civil y Capacidad de las personas agiliza la inscripción de los nacimientos, comprometiendo al médico con un formulario que debe tener la firma de la madre, nombre y apellido del niño; pero la responsabilidad del padre para asumir el compromiso que le corresponde depende absolutamente de la autonomía de su voluntad.
La familia monoparental es una realidad que no está contemplada en la legislación; estos cambios sociales deben ser legislados por las sociedades, ya que el derecho debe reflejar la realidad existente.

¿Qué implicancias tiene la libertad de los individuos en la constitución de formas familiares no contempladas en la ley?

En este caso: ¿como compatibilizar el derecho a la identidad de la menor, con la libertad del padre de asumir sus responsabilidades? O: ¿asumir sólo lo que quiere creer que le corresponde?: “El hijo varón es mío”, ¿Qué pasará con las futuras generaciones cuando se transmiten y se refuerzan los patrones de desigualdades existentes? En este caso, la desigualdad de género.

El derecho de los menores queda dentro de la esfera privada de la vida familiar, sobre todo en los casos de vínculos extramatrimoniales, en los que a las promesas se las lleva el viento.

Pretender plasmar la realización efectiva de los derechos  del niño nos hace reflexionar sobre la regulación de las familias como una necesidad de la salud social del país.

Comentarios 1

  1. jorge says:

    Tube una bb hace una semana,con la madre no estamos juntos,ella formo pareja,se niega hacer un adn,y la va a anotar con su apellido,contra mi voluntad,desde el primer momento estube en todos sus controles ecografias,y nacimiento.
    quiero saber legalmente si se puede exijir el estudio y darle mi apellido,nesecito saber cuales son mis derechos?

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