jueves 21, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

A veces, la solución no es la Justicia

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Natalia Denegri llegó hasta las máximas autoridades judiciales argentinas en búsqueda de ocultar su historia juvenil logrando una destacada posición en todos los medios nacionales e internacionales, especialmente por la decisión adversa.

La Corte en su fallo sostuvo que esta causa tiene una diferencia sustancial en relación con las circunstancias examinadas en los precedentes “Rodríguez, María Belén”, “Gimbutas” y “Paquez”, respecto del estándar de responsabilidad de los motores de búsqueda, porque en estos últimos casos se pretendía la eliminación o desindexación de las vinculaciones y sugerencias de búsquedas consideradas ilícitas. En cambio, la pretensión de la Sra. Denegri no se fundó en la ilicitud de las publicaciones periodísticas y videograbaciones en las que participó, sino que su fundamento fue que el mantenimiento de la disponibilidad de información verdadera que, alega no representarla en la actualidad, por un largo período de tiempo, habría generado una suerte de ilicitud sobreviniente que lesiona su derecho al honor, por lo que no existió un vicio en su consentimiento para la publicación de los actos grabados y emitidos en programas de televisión de acceso abierto y general, vinculados con hechos de interés público.

Luego cambia el eje de análisis para focalizarse en los criterios que utilizan los motores de búsqueda para determinar sus resultados, tales como que el número de veces que las palabras-clave aparecen en el sitio; el lugar en el que aparecen; el título y la calidad del sitio; la cantidad de sitios que abrevan en tal lugar; el orden en el que se presentan los contenidos; entre otros factores, no pueden ser ignorados, haciendo pie en los argumentos del abogado de Google, quien explicó que sale lo que Google estima que es más relevante para ese usuario, siendo distinto si uno lo busca en Argentina o si lo busca en Estados Unidos, porque lo relevante va a ser distinto. 

Concluyó el fallo que, con base en la forma como Google manifestó que aparecen los resultados, se podría generar un cierto perfil de las personas que podría condicionar la composición de lugar que el internauta se hará de la identidad de la persona auscultada. De ahí la necesidad de asumir hacia el futuro la problemática de ciertos aspectos del funcionamiento de los algoritmos de los que se sirven los motores de búsqueda para que resulten más entendibles y transparentes para los usuarios, hoy sujetos a la decisión de aquéllos.

La Corte entonces explica que la solución no iba a venir del “derecho al olvido” de algo que realmente sucedió y en lo que participó voluntaria, consiente y activamente, sino que debería provenir de una estrategia que interprete la lógica de los algoritmos de los buscadores, para trabajar en los nuevos resultados que arrojen las mismas palabras-clave; para modificar el orden en que aparecen los contenidos perjudiciales; y finalmente en los sitios que nutren a los buscadores. 

Con la estrategia judicial Natalia Denegri sólo logró que los jóvenes investiguen en cuáles programas televisivos apareció muchos años atrás; ser nuevamente noticia por circunstancias que no destacan lo mejor de ella y, lo peor de todo, logró ratificar el accionar del buscador, su supuesto peor enemigo.

* Abogado, especialista en derecho informático

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