El Gobierno nacional decidió establecer un sólo criterio unificado para todos los sectores económicos en materia de plazos máximos de liquidación de divisas por exportaciones, según publica el sitio valorsoja.com.
Hasta la semana pasada, por ejemplo, las compañías mineras contaban con un plazo máximo de 180 días para ingresar divisas al mercado local, mientras que las operaciones de las industrias del complejo exportador sojera tenían apenas 30 días.
Sin embargo, ahora todas las operaciones de comercio exterior de todos los sectores tendrán un plazo de hasta 365 días, según lo dispuesto por la resolución 91/16 de la Secretaría de Comercio (publicada este martes en el Boletín Oficial).
En los fundamentos de la medida se indica “que a los fines de promover la competitividad de la economía local, así como una mayor inserción comercial, y con el objetivo de abrir mercados a los productos argentinos, con reglas simples de exportación y facilidades de financiación para todo el universo de productores, empresas y exportadores, corresponde adecuar los plazos otorgados” de liquidación de divisas.
La reducción de los plazos de liquidación de divisas fue una política instrumentada por el gobierno kirchnerista en 2012 con el propósito de acelerar la recomposición de reservas internacionales del Banco Central de la República Argentina (BCRA) “a costa del sector privado agroexportador”, según el portal agropecuario.