La Cámara Argentina de GNC denunció prácticas monopólicas en contra de los pequeños empresarios. Habría millonarias multas en caso de afectarse la libre competencia.
La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia consideró que la venta de GNC en Córdoba a bajo precio configura una conducta contraria a la ley 25156, en cuanto a la afectación de la libre competencia.
La entidad citó para agosto a comparecer ante las autoridades nacionales al presidente de la Cámara Argentina de GNC, Fausto Maranca, y a la presidenta de la Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina, Rosario Sica.
Posteriormente será el turno de los imputados directos en la causa, los propietarios de estaciones de servicio de Córdoba, todos en esta ocasión con domicilio constituido para los efectos legales en Buenos Aires, los que serán citados con intervención de la Policía Federal.
La primera parte será una etapa de audiencias, en las cuales se tratará de buscar una explicación a la venta del metro cúbico de GNC por debajo del costo.
Según cifras no oficiales, se estima que en caso de una sentencia contraria a los estacioneros denunciados, las multas podrían ascender a cifras millonarias, del orden de tres millones de pesos por empresario. De acuerdo con cifras entregadas por las agrupaciones de empresarios de Argentina, en Córdoba el GNC cuesta la mitad que en el resto del territorio nacional.
Las audiencias por esta causa incluyen también a los directivos de la Distribuidora de Gas del Centro SA (Ecogas), y el Enargas, gerencia de GNC, quienes deberán proveer de la información competente para la investigación. El último ente aportará las normas vigentes y las correspondientes a años anteriores para la comercialización del gas comprimido.
La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia decidió intervenir en el conflicto planteado en la ciudad de Córdoba al comprobar que un grupo de estacioneros comercializa el metro cúbico de GNC por debajo de los 90 centavos.
Posible cartelización
La comisión consideró pertinente la intervención y en consecuencia analizará la evolución del mercado. El fundamento fue que el bajo precio afecta la libre competencia del mercado. Las posibles conductas contrarias a la ley 25156, en cuanto a la afectación de la libre competencia, entró en la etapa de imputación que se desarrolla luego de la identificación de los estacioneros.
La ley 25156 protege a los clientes como la sana competencia del mercado. La acusación a los expendedores cordobeses fue presentada en enero y octubre del año pasado, en los expedientes números 1275 y 1303.
En ellos se manifiesta ante la dependencia nacional que existe una cartelización en la disminución fuerte del precio del metro cúbico del GNC, lo que afecta el mercado. Esta distorsión en el precio es predatoria, según las empresas denunciantes, debido a que desarma la rentabilidad y el capital de las estaciones pequeñas, lo que puede llevar a la bancarrota, como ya ocurrió en reiteradas veces, según las exposiciones. De acuerdo con estos argumentos, se perjudica a las estaciones de servicio de pequeños empresarios que no pueden acoplarse a las bajas ofertas. Para no perder clientela deben poner el mismo precio, pero vendiendo a pérdida, lo que las condena a colgar las mangueras.
Por tratarse de una acción realizada durante varios años consecutivos, los denunciantes estiman, según cifras no oficiales, que en caso de que la autoridad nacional condene a los estacioneros por la política de precios, éstos podrían llegar a percibir el máximo de las multas contempladas. También se tratará de aclarar qué cuestiones pueden llevar a cabo las estaciones de servicio de GNC perjudicadas en materia legal.