Por decreto 1074/2011 publicado ayer en el Boletín Oficial se establecieron cupos de exportación para determinadas especies de sábalo, surubí, tararira y boga y se precisó que sólo se podrán exportar hasta completar los cupos de exportación que fije la Secretaría de Agricultura de la Nación.
La Subsecretaría de Pesca y Agricultura evaluará periódicamente el estado de los recursos involucrados en la medida y recomendará la extensión de los cupos de exportación a otorgar a fin de proveer a la preservación del estado del recurso. El decreto, que comienza a regir hoy, tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012.
La merluza, en riesgo
Por otro lado, la comisión técnica argentino-uruguaya fijó en 50 mil toneladas la captura total de la merluza común, en la zona común de pesca para este año, al declarar el recurso en estado de riesgo biológico, para lo cual establece que en 150 días debe entrar en vigencia un plan de manejo para su recuperación.
Además, mediante otra resolución estableció un área de veda precautoria de invierno.
Ante la situación, Argentina y Uruguay se comprometieron a implementar en los años 2011 y 2012 las medidas correspondientes para que su poder de pesca aplicado a la especie no aumente. La resolución agrega que, a los fines precautorios, la captura total permisible permanecerá vigente para el año 2012.
El consumo per cápita de pescado en Argentina registró un crecimiento superior a 80 por ciento entre 2005 y 2010, al pasar de 2,5/3 kilos por persona a 4,5/5 kilos, según informó ayer la Subsecretaría de Pesca de la Nación